Descripción general de la ayuda: Tipos de proyectos y actuaciones

Dentro de las condiciones establecidas en el apartado segundo.2 de la Orden PRE/621/2008, de 7 de marzo, los proyectos y estudios de viabilidad financiados a cargo de este subprograma, podrán estar incluidos en los sectores o subsectores del Área 3 de “desarrollo e innovación tecnológica industrial”, y las “acciones estratégicas” del Área 4 del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, que se enuncian a continuación:

a) Sectores y subsectores del Área 3 del Plan Nacional:

  • Sector de seguridad y defensa. 
    Subsector de seguridad.
  • Sector de construcción, ordenación del territorio y patrimonio cultural.
  • Sector de turismo.
  • Sectores industriales:
    Subsector bienes de equipo
    Subsector química
    Subsector metalurgia y productos metálicos
    Subsector vehículos de transporte (automoción, marítimo, ferroviario, transmodal)
    Subsector industrias tradicionales (textil-confección, calzado, curtido y marroquinería, juguete, madera y mueble).
    Subsector industrias diversas (equipamiento médico y para la salud, tecnologías medioambientales aplicadas a la industria, industria alimentaria)
  • Sector farmacéutico.

 

b) Acciones Estratégicas del Area 4 del Plan Nacional:

  • Biotecnología.
  • Energía y Cambio Climático.
  • Nanociencia y Nanotecnología, Nuevos Materiales y Nuevos Procesos Industriales.


Tipos de proyectos.

Podrán ser objeto de ayudas los siguientes tipos de proyectos, conforme a las tipologías definidas en el apartado cuarto de la Orden PRE/621/2008, de 7 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas:

  • Proyectos de desarrollo experimental.
  • Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de desarrollo experimental.
  • Acciones complementarias

Modalidades.

Los tipos de proyectos y actuaciones relacionados en el punto anterior, podrán realizarse conforme a una de las siguientes modalidades:

  • Proyecto o actuación tecnológica individual.
  • Proyecto o actuación tecnológica en cooperación.


Requisitos.

Los proyectos de desarrollo experimental para que sean financiables en el marco de esta convocatoria deberán tener un presupuesto mínimo total de 60.000 euros cuando se trate de la concesión de una subvención o de 500.000 euros cuando se trate de la concesión de un préstamo, con las siguientes excepciones:

a) Los proyectos considerados tractores en el marco de este subprograma, según la definición del apartado quinto de la Orden PRE/621/2008, de 7 de marzo y con los requisitos establecidos en el apartado 26 de la convocatoria, deberán tener un presupuesto mínimo de 1.500.000 euros.

b) Los proyectos del subsector de industrias tradicionales deberán tener un presupuesto mínimo total de 30.000 euros cuando se trate de la concesión de una subvención, o de 60.000 euros cuando se trate de un préstamo.

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6 del Marco comunitario sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (2006/C 323/01), las ayudas reguladas en la presente orden no serán aplicables a proyectos de desarrollo experimental o estudios de viabilidad previa comenzados antes de la presentación de la solicitud. A estos efectos, si la solicitud se refiere a un proyecto de desarrollo experimental, ello no obsta a que el solicitante potencial ya haya llevado a cabo estudios de viabilidad previos no incluidos en dicha solicitud de ayuda.