Según las bases reguladoras, el solicitante deberá presentar el contrato para autorización con carácter previo a la resolución de concesión y en el caso de que no sea posible, el beneficiario solicitará la autorización previa al órgano concedente. ¿Se debe solicitar esta autorización previa en el momento de la solicitud?
No, la solicitud de autorización previa a la subcontratación no debe realizarse en el momento de la solicitud de la ayuda sino antes de la resolución de concesión en caso de contar con los contratos o, si no se dispone de los mismos, podrá solicitarse transcurrida la resolución de concesión en cuanto el órgano de contratación resuelva aprobar el expediente de contratación y la apertura del procedimiento de adjudicación. Posteriormente, cuando el beneficiario disponga del contrato firmado electrónicamente, deberá remitirlo también al órgano concedente a través de la sede electrónica.
Para cualquier duda sobre cómo tramitar la “Solicitud de autorización previa a la subcontratación”, se puede consultar la "Guía de procedimiento" (apartado 5.5 de la Guía).
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