Concesión: Propuesta Resolución Definitiva

Notificación de la Propuesta de Resolución Definitiva del procedimiento de concesión de ayudas a las actuaciones de fortalecimiento industrial del sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario (PERTE Agroalimentario) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) en el año 2023 (Orden ICT/738/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones de fortalecimiento industrial del sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, modificada por la Orden ICT/1307/2022, de 22 de diciembre y la Orden ICT/148/2023, de 16 de febrero).

Fecha de la publicación: 18 de diciembre de 2023

La Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa ha formulado Propuesta de Resolución Definitiva, sujeta a la existencia de disponibilidades presupuestarias, a las actuaciones de fortalecimiento industrial del sector agroalimentario, dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario (PERTE Agroalimentario), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) en el año 2023, a la vista de los acuerdos adoptados por la Comisión de Evaluación, reunida el día 12 de diciembre de 2023.

Dicha Propuesta será notificada a los Interlocutores con la Administración a través del registro electrónico.

Las entidades que forman parte de cada agrupación deberán ponerse en contacto con los Interlocutores de la misma para acceder al detalle de proyectos primarios estimados y desestimados en cada proyecto tractor.

Con esta notificación se inicia el plazo para que las agrupaciones, a través de los interlocutores con la Administración, comuniquen su aceptación o renuncia a la ayuda propuesta en un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación en el registro electrónico.

INSTRUCCIONES EN RELACIÓN CON EL TRÁMITE DE ACEPTACIÓN

Una vez recibida la notificación de la Propuesta de Resolución Definitiva, las agrupaciones deberán atenerse al plazo máximo de 10 días hábiles desde la citada notificación para la aceptación de la Propuesta de Resolución Definitiva.

ESTE TRÁMITE SERÁ IMPRESCINDIBLE PARA PODER ACCEDER A LA FINANCIACIÓN SOLICITADA, aunque no se dispusiera de todos los resguardos de constitución de garantías a la fecha de aceptación .

¿Cómo se puede firmar el modelo y remitir la aceptación?

El modelo de aceptación deberá ser remitido exclusivamente a través del registro electrónico firmado electrónicamente con certificado electrónico cualificado, en formato .xsig y utilizando exclusivamente la aplicación Autofirma.

El modelo de aceptación será el mismo para cada una de las entidades propuestas como beneficiarias dentro del proyecto tractor y podrá descargarse desde el expediente electrónico.

Cada entidad propuesta como beneficiaria deberá firmar un modelo de aceptación y remitirlo al interlocutor de su agrupación. Para facilitar el proceso, se ha incluido un Anexo V en las propuestas de resolución definitiva en donde constan los apoderados de cada una de las entidades y si estos tienen alguna limitación o no en relación con la facultad de aceptación. En caso de que haya variado el apoderado o el firmante de la aceptación sea distinto del que figura en ese Anexo, se deberá aportar el apoderamiento correspondiente.

En los casos en los que una entidad tenga firma mancomunada, el modelo de aceptación correspondiente a dicha entidad deberá contener la firma de todos los representantes mancomunados. 

Todas,  y cada una de las entidades de la agrupación que hayan sido propuestas como beneficiarias, deberán haber firmado el modelo de aceptación y deberán remitir el documento firmado electrónicamente por el representante/los representantes, con poder suficiente de dicha entidad, al Interlocutor, con certificado electrónico cualificado, en formato .xsig y utilizando exclusivamente la aplicación Autofirma.

Adicionalmente, deberá remitir los documentos que deberán acompañar a la aceptación al interlocutor entre los que estarán:

  • La acreditación válida del poder del firmante, si no se fue remitida con la solicitud o si el firmante fuera diferente.
  • El número IBAN de la cuenta, reconocida en el Tesoro, en la que la entidad desea recibir el ingreso de la ayuda.
  • La "Declaración de ausencia de conflicto de interés”, en cumplimento de lo establecido en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, firmada electrónicamente por la persona con poder suficiente para ello, con certificado electrónico cualificado en formato .xsigy con la aplicación Autofirma (el modelo en versión editable se encuentra disponible en esta misma página);

    Modelo DACI: Anexo II [DOCX] [87 KB]

En caso de ser requerido en la propuesta de resolución definitiva o en caso de que fuera necesario, deberán adjuntarse con la aceptación de cada entidad de la agrupación, propuesta como beneficiaria,  los siguientes documentos:

  • Si en el anexo I de esta notificación de propuesta de resolución definitiva se indica “debe aportar certificado” del cumplimiento de alguna de estas obligaciones, se adjuntará certificación de que la entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a la Hacienda Estatal, la Hacienda Foral o la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Acreditación del estar al corriente de pago de obligaciones relativas al reintegro de subvenciones.
  • Declaración de no tener trabajadores a su cargo.
  • Declaración de otros ingresos o ayudas que afecten a alguno de los proyectos primarios en los que participa.
  • Acreditación del cumplimiento de los plazos de pago a proveedores que establece el artículo 13.3 Bis de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En el anexo VI de la propuesta de Resolución Definitiva se indica el estado de acreditación de este requisito y si es necesario o no aportar la documentación correspondiente.
  • Otros documentos: p.e., documento en Excel con las referencias IBAN de las cuentas corrientes de las entidades propuestas como beneficiarias en la DG del Tesoro, según el anexo publicado en el expediente electrónico de cada tractor.

El interlocutor designado por la agrupación, y dentro del plazo establecido para ello (10 días hábiles desde la propuesta de resolución definitiva), deberá presentar todos los modelos de aceptación firmados electrónicamente por los representantes de todas las entidades propuestas como beneficiarias, así como la documentación de cada entidad que acompaña a dicha aceptación.

Además, el Interlocutor deberá remitir a través del registro electrónico, el listado cumplimentado con los datos bancarios de cada una de las entidades de la agrupación con ayuda propuesta.

Al finalizar el plazo de aceptación, (10 días hábiles desde la publicación de la notificación de la propuesta de resolución definitiva), deberán haber sido remitido los modelos de aceptación, el listado de datos bancarios cumplimentado y la documentación anexa correspondientes a todas las entidades propuestas como beneficiarias.

En el expediente electrónico del proyecto tractor, el Interlocutor con la administración podrá acceder directamente al trámitecorrespondiente a través del enlace DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA.

El trámite se mantendrá abierto hasta el fin del plazo de aceptación, de manera que se podrán remitir las aceptaciones y documentación asociada de cada entidad en varias sesiones.

En el caso en que no se remitiesen los modelos de aceptación firmados por los representantes con poder suficiente de cada una de las entidades de la agrupación propuestas como beneficiarias en la propuesta de resolución definitiva del proyecto tractor, se entenderá que la agrupación, al completo renuncia a la ayuda.
Asimismo, en ausencia de respuesta en el plazo establecido para ello a esta Propuesta de Resolución Definitiva, se entenderá que la agrupación, al completo, renuncia a la ayuda propuesta.

INSTRUCCIONES EN RELACIÓN CON LAS GARANTÍAS A APORTAR

Una vez recibida la notificación de la Propuesta de Resolución Definitiva, las agrupaciones deberán atenerse a un plazo máximo de 20 días hábiles desde la notificación, para la presentación de los resguardos de constitución de garantías

ESTE TRÁMITE ES IMPRESCINDIBLE PARA PODER ACCEDER A LA FINANCIACIÓN SOLICITADA

El interlocutor deberá remitir, a través del expediente electrónico, todos los resguardos de constitución de garantías requeridos para el proyecto tractor.

El trámite para la presentación de los resguardos de constitución de garantías en el expediente electrónico se realiza a través de ENVÍO RESGUARDOS DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS y permanecerá abierto hasta el fin del plazo establecido para ello, de manera que el interlocutor podrá remitir los resguardos correspondientes a cada entidad, proyecto primario y modalidad de ayuda en diferentes sesiones.

Los importes de garantía correspondientes a cada entidad, proyecto primario y modalidad de ayuda se detallan en el anexo III de la Notificación de la Propuesta de Resolución Definitiva.

Sería recomendable que los resguardos de constitución de garantías se presentaran por una cuantía de importe redondeado al euro al alza (p.e.: si el importe exigido fuera de 20.875,20€, este se debería hacer por importe de 20.876€).

Deberán ser presentados los resguardos de constitución de garantías emitidos por la Caja General de Depósitos, y en ningún caso, los avales emitidos por entidades financieras o de reafianzamiento, los contratos de seguros de caución o cualquier otro documento.

La Caja General de Depósitos, una vez constituidas las garantías en cualquiera de las modalidades aceptadas, emitirá un resguardo de constitución de garantías que será el que deba remitir el Interlocutor a través del registro electrónico.

En todos los resguardos de constitución de garantías deben aparecer:

  • En NORMAS QUE IMPONEN CONSTITUIR ESTA GARANTÍA: deberá indicarse código 0260 y referencia: L 38/2003, 17-11, General de subvenciones.
  • En FINALIDAD: deberá indicarse, según corresponda, “subvención ( + número de expediente de proyecto primario)” o “préstamo (+ número de expediente de proyecto primario)”.
  • En CÓDIGO EXPEDIENTE, habrá que indicarse el código de expediente de proyecto primario.
  • En AUTORIDAD A CUYA DISPOSICIÓN SE CONSTITUYE deberá indicarse:
    1. CIF/NIF: S2800214E
    2. DENOMINACIÓN: MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
  • Para la constitución de garantías en forma de aval, los modelos de aval pueden descargarse de los siguientes enlaces:

    Modelo de aval Préstamo [DOCX] [157 KB]

    Modelo de aval Préstamo [PDF] [733 KB]

    Modelo de aval Subvención [DOCX] [157 KB]

    Modelo de aval Subvención [PDF] [733 KB]

IMPORTANTE: Cualquier error en la constitución de las garantías puede llevar a la no aceptación de la misma.

Asimismo, la no presentación de alguno de los resguardo de constitución de garantías válidos, en plazo y por el importe exigido para cualquier modalidad de ayuda en cualquier proyecto primario supondrá la consideración del de la entidad miembro de la agrupación afectada como desistida de la solicitud, lo que implica, en la medida en que se ha asignado ayuda a todos los proyectos tractores con evaluación favorable, que el proyecto tractor en su conjunto no se tendrá por desistido siempre que cumpla con los requisitos mínimos y la estructura regulada en la orden de bases, y la convocatoria en su conjunto mantenga el cumplimiento del compromiso mínimo medio del 40 por ciento de contribución a los objetivos de cambio climático.

De aplicar este caso, el proyecto tractor en su conjunto será reevaluado una sola vez para garantizar el cumplimiento de los criterios de evaluación y los requisitos para que la agrupación sea beneficiaria, notificándose una nueva propuesta de resolución provisional a la agrupación, incluyendo en la misma el desistimiento de los proyectos primarios del beneficiario que no hubiese constituido las garantías correspondientes. Asimismo, en caso de que esa reevaluación no superase los umbrales establecidos, podría suponer la denegación de toda la solicitud presentada por la agrupación. La reevaluación podrá suponer la modificación de la propuesta de financiación de acuerdo con los criterios establecidos en la orden de bases y la convocatoria.

Toda la documentación requerida deberá enviarse a través del registro electrónico del Ministerio de Industria y Turismo.

Al final de esta página se proporciona un listado de los proyectos tractores estimados y desestimados:

LISTAS DE SOLICITUDES INCLUIDAS COMO BENEFICIARIOS EN LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE CONCESIÓN

Listado de solicitudes estimadas [PDF] [459 KB]

LISTAS DE SOLICITUDES DESESTIMADAS TRAS LA FASE DE ALEGACIONES

Listado de solicitudes desestimadas [PDF] [435 KB]

LISTAS DE SOLICITUDES DESISTIDAS POR LOS SOLICITANTES

Listado de solicitudes desistidas [PDF] [416 KB]