Concesión

Convocatoria 2021: Propuesta Resolución Definitiva

Publicación de la propuesta de resolución definitiva del procedimiento de concesión de ayuda al «Plan de modernización de la máquina herramienta» de las pequeñas y medianas empresas en el año 2021, Orden de 1 de octubre de 2021.

Fecha de la publicación del Acuerdo del Comité Ejecutivo: 2 de diciembre de 2021

El Comité Ejecutivo de la Comisión de Evaluación de la convocatoria concesión de de ayuda al «Plan de modernización de la máquina herramienta» de las pequeñas y medianas empresas en el año 2021, (Orden de 1 de octubre de 2021), ha acordado elevar a definitivo el resultado propuesto sobre las alegaciones presentadas por los solicitantes a la propuesta de resolución provisional de la convocatoria, y ha formulado Propuesta de Resolución Definitiva.

Listados tras acuerdo del Comité Ejecutivo:

Listado de solicitudes estimadas en Comité Ejecutivo [PDF] [1.867 KB]

Listado de solicitudes desestimadas en Comité Ejecutivo [PDF] [749 KB]

Instrucciones para solicitudes estimadas tras recibir la Propuesta Definitiva en la convocatoria MMH-2021:

Una vez recibida la Propuesta Definitiva de Concesión, las entidades solicitantes deberán atenerse a los siguientes plazos:

  1. Aceptación de la Propuesta Definitiva:

    Los solicitantes disponen de un plazo de 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación en registro electrónico, para aceptar o rechazar la financiación propuesta, entendiéndose que se renuncia a la propuesta de no producirse aceptación en dicho plazo.

    Las aceptaciones o desistimientos a las propuestas se presentarán con firma electrónica. Para ello deberá acceder a su expediente en el registro electrónico y utilizar el botón "Presentar Documentación", que le permitirá acceder al formulario de aceptación, desistimiento. Desde ahí podrá aportar la documentación requerida.

    Si el acceso al registro electrónico lo realiza con certificado digital, tiene que acceder a su expediente a través de la pestaña Expedientes y pulsar en el icono de la lupa que aparece a la derecha del nombre del expediente. Una vez que haya accedido al detalle de su expediente verá el botón "Presentar Documentación".

    Caso de representación mancomunada

    En caso de que la entidad tenga representantes mancomunados, la persona que firme el envío telemático debe ser el representante que se consignó en primer lugar en la solicitud.

    Además, se deberá descargar el archivo "Aceptación de financiación para representantes mancomunados” de la Propuesta de Resolución, que deberá ser firmado electrónicamente por todos los representantes mancomunados mediante la herramienta Autofirma, y enviar en el mismo plazo de 5 días hábiles (utilizando el botón “Anexar Fichero” que aparece en la pantalla “Aceptación de Financiación Propuesta”), el archivo en formato *.xsig. La herramienta Autofirma, debe estar configurada siguiendo las instrucciones publicadas en la sede electrónica del Ministerio.

    ESTE TRÁMITE ES IMPRESCINDIBLE PARA PODER ACCEDER A LA FINANCIACIÓN SOLICITADA, aunque a fecha de aceptación no se disponga del resguardo de garantía.

  2. Presentación de los resguardos de garantía constituidos en la Caja General de Depósitos:
  3. Deberá realizarse en un plazo máximo de 8 días hábiles desde la notificación. ESTE TRÁMITE ES IMPRESCINDIBLE PARA PODER ACCEDER A LA FINANCIACIÓN SOLICITADA.

    Se realizará exclusivamente a través del trámite “ENVÍO RESGUARDOS DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS”.

    IMPORTANTE: en caso de no realizarse alguno de los trámites anteriores en el plazo establecido para ello, se tendrá por desistida la solicitud.

Instrucciones en relación con las garantías a aportar:

  1. Las garantías se constituirán, a disposición del órgano concedente, en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales, encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, en cualquiera de las modalidades aceptadas según su normativa (Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos).
  2. El importe de la garantía a constituir, será del 100 por ciento de la subvención propuesta.
  3. Se exigirá la presentación del resguardo de constitución de garantía antes de la resolución de concesión, estableciéndose un plazo de 8 días hábiles para presentarla a contar desde el siguiente al de la notificación, tal y como establece el artículo 20.c) de la Orden ICT/1090/2021, de 1 de octubre, modificada por la Orden ICT/1122/2021, de 14 de octubre, por la que se acuerda la tramitación de urgencia de esta convocatoria de conexión de subvenciones. La falta de constitución y acreditación ante el órgano competente de la garantía tendrá como efecto la consideración del solicitante como desistido de la solicitud.

    Modelo de aval Subvención [DOCX] [59 KB]

Cumplimiento de las condiciones para adquirir la condición de beneficiario:

En aquellos casos en los que haya variado alguna circunstancia en cuanto a las siguientes condiciones que se señalan a continuación, y de obligado cumplimiento para adquirir la condición de beneficiario, respecto a las acreditadas en el momento de la solicitud, se concederá un plazo de 5 días, para que los solicitantes actualicen la información aportada.

  1. Cumplimiento de obligaciones tributarias, forales (en su caso) y frente a la Seguridad Social.
  2. No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, ni estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado un apoyo financiero ilegal e incompatible con el mercado común.
  3. Estar al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
  4. No estar incurso en ninguna de las prohibiciones a las que se refiere el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 26 y 27 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

    Los párrafos b), c) y d) anteriores podrán acreditarse por medio de Declaración Responsable del solicitante.

Obtención de otra financiación pública:

En cualquier momento del procedimiento, el solicitante deberá comunicar al órgano instructor, en su caso y tan pronto como tengan conocimiento de ello, la obtención de otra financiación pública para la ejecución de las actividades para las que se solicita financiación.

Toda la documentación requerida deberá enviarse a través del registro electrónico del Ministerio.