Concesión

Trámites Posteriores Concesión

De acuerdo a lo establecido en la Ley 39/2015, de1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas la tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases de cada procedimiento.

Para realizar cualquier trámite relativo a un expediente (solicitud de modificación de resolución de concesión, renuncia a la ayuda, etc.) debe acceder a través del registro electrónico del Ministerio.

Para ello, consulte su expediente en el registro electrónico y utilice el botón "Presentar documentación" para acceder al listado de trámites disponibles para ese expediente.

Listado de trámites posteriores a la concesión: