Concesión

Convocatoria 2018: Propuesta Resolución Definitiva

Notificación de la propuesta de resolución definitiva del procedimiento de concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización y fortalecimiento de la competitividad industrial en el año 2018, Orden de 14 de diciembre de 2018.

Fecha de la publicación: 29 de abril de 2019

La Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa ha formulado Propuesta de Resolución Definitiva de los Programas de Fomento de la Competitividad Industrial y Reindustrialización 2018, a la vista de los acuerdos adoptados por la Comisión Ejecutiva.

Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación en registro electrónico, para aceptar o rechazar la financiación propuesta, entendiéndose que se renuncia a la propuesta de no producirse aceptación en dicho plazo.

Los solicitantes pueden acceder a la notificación individual de su expediente a través del registro electrónico del modo previsto en el art. 15 de la Orden IET/619/2014, de 11 de abril.

NOTA: Solo se notifica propuesta de resolución definitiva a las solicitudes estimadas.

Propuesta de resolución definitiva tras el trámite de audiencia

Listado de propuestas de solicitudes definitivas [PDF] [128 KB]

Solicitudes no estimadas provisionalmente:

Las actuaciones contenidas en los proyectos incluidos en la lista de solicitudes no estimadas provisionalmente, aunque cumplen los requisitos y superan los umbrales mínimos previstos en los criterios de valoración de la convocatoria, no han sido estimados provisionalmente por insuficiencia de fondos presupuestarios. Si después de la propuesta de resolución definitiva de concesión de se generasen disponibilidades de fondos, se podrán recuperar, por orden de puntuación obtenida, solicitudes de esta lista hasta que se agoten los fondos liberados.

En el caso de que se liberen fondos suficientes para atender a la(s) siguiente(s) solicitud(es) en lista de espera por orden de puntuación, se notificará la propuesta de resolución definitiva de concesión vía registro electrónico, exigiéndose la presentación del resguardo de constitución de garantía en un plazo de 15 días de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Orden ICT/1100/2018.

Listado de solicitudes incluidas en lista de espera en la propuesta de resolución definitiva de concesión [PDF] [93 KB]

Listado de solicitudes desestimadas en la propuesta de resolución definitiva de concesión  [PDF] [78 KB]

Aceptación de la ayuda

Las aceptaciones o desistimientos a las propuestas se presentarán con firma electrónica. Para ello deberá acceder a su expediente en el registro electrónico y utilizar el botón "Presentar Documentación", que le permitirá acceder al formulario de aceptación, desistimiento. Desde ahí podrá aportar la documentación requerida.

Si el acceso al registro electrónico lo realiza con certificado digital, tiene que acceder a su expediente a través de la pestaña Expedientes y pulsar en el icono de la lupa que aparece a la derecha del nombre del expediente. Una vez que haya accedido al detalle de su expediente verá el botón "Presentar Documentación".

Caso de representación mancomunada

En caso de que la entidad tenga representantes mancomunados, la persona que firme el envío telemático debe ser el representante que se consignó en primer lugar en la solicitud.

Además, se deberá descargar el archivo "Aceptación de financiación para representantes mancomunados” de la Propuesta de Resolución, que deberá ser firmado electrónicamente por todos los representantes mancomunados mediante la herramienta AutoFirma, y enviar en el mismo plazo de 10 días hábiles (utilizando el botón “Anexar Fichero” que aparece en la pantalla “Aceptación de Financiación Propuesta”), el archivo en formato *.xsig. La herramienta Autofirma, debe estar configurada siguiendo las instrucciones publicadas en la sede electrónica del Ministerio.

Declaraciones responsables

Los pasos a seguir para enviar las declaraciones responsables requeridas son los siguientes:

  1. Utilizando los formularios accesibles en los enlaces inferiores, generar los ficheros PDF con el contenido de las declaraciones. Estos mismos ficheros son los que deben usarse en los pasos siguientes, no deben modificarse ni ser firmados a mano.
  2. Se deberán firmar electrónicamente los ficheros PDF correspondientes a sus declaraciones con la utilidad Autofirma (verifique que está configurada según instrucciones indicadas en la página) obteniendo un fichero XSIG para cada uno de ellos.
  3. El solicitante al realizar la aceptación, adjuntará todos los ficheros XSIG que le sean requeridos.

Declaración de la entidad de no tener trabajadores a su cargo

Instrucciones en relación con las garantías a aportar

  1. Las garantías se constituirán, a disposición del órgano concedente, en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales, encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, en las modalidades establecidas en el Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos.
  2. Se exigirá la presentación del resguardo de constitución de garantía antes de la resolución de concesión del préstamo, estableciéndose un plazo de 15 días hábiles para presentarla a contar desde el siguiente al de la notificación de la Propuesta de Resolución Definitiva. La falta de constitución y acreditación ante el órgano competente de las garantías tendrá como efecto la consideración del solicitante como desistido de la solicitud.
  3. Según lo establecido en el artículo 10 de la Orden ICT/1100/2018, de 18 de octubre. El importe de las garantías, que será un porcentaje del préstamo concedido más el mismo porcentaje del interés financiero total a devengar, se determinará en función de la clasificación obtenida por el beneficiario según la metodología descrita en el anexo II, y según los siguientes escalones: 
    • Si la categoría de la calificación es excelente, el porcentaje de la garantía que se haya de constituir será del 10 por ciento.
    • Si la categoría de la calificación es buena, el porcentaje de la garantía que se haya de constituir será del 41 por ciento.
    • Si la categoría de la calificación es satisfactoria, el porcentaje de la garantía que se haya de constituir será del 70 por ciento.
    Esta clasificación será otorgada por el órgano instructor durante el procedimiento de evaluación.
  4. Las garantías se dividirán en dos tramos: uno que cubrirá el principal del préstamo, y que se cancelará por tramos según se produzcan los reembolsos de principal, una vez que el importe de capital pendiente de devolución sea igual o inferior al importe garantizado; y otro que cubrirá los intereses financieros, y que se cancelará por tramos según se produzcan los reembolsos de interés financiero, una vez que el importe de interés financiero pendiente de devolución sea igual o inferior al importe garantizado.

    Modelo de aval 2018 [DOCX] [145,21 KB]

    Modelo de aval 2018 [PDF] [115,36 KB]

    Toda la documentación requerida deberá enviarse a través del registro electrónico del Ministerio.