Preguntas frecuentes: Justificación

Preguntas frecuentes de: Justificación

[01] Donde puedo hacer las consultas de DEX industrial e IAP industrial?
Se aconseja leer detenidamente el manual, cualquier aclaración se podrá realizar en los siguientes buzones:
DEX industrial: dex_industrial@mityc.es
IAP industrial: iap_industrial@mityc.es
[02] ¿Son subvencionables los gastos realizados antes del 1 de enero de 2008?
No serán subvencionables gastos anteriores al comienzo de la realización del proyecto.
[03] ¿Cuál es el plazo de ejecución y de las facturas del proyecto?
Según resolución de 18 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Investigación, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 30 de diciembre de 2008, se amplía de oficio el plazo de ejecución hasta el 30 de abril de 2009, de los proyectos y actuaciones correspondientes a la anualidad 2008 de las convocatorias IAP Industrial y DEX Industrial, coincidiendo con la fecha máxima de las facturas imputadas al proyecto.
[04] ¿Cuál es el plazo de ejecución y de documentos de pago bancarios del proyecto?
Según resolución de 18 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Investigación, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 30 de diciembre de 2008, se amplía de oficio el plazo de presentación de documentación justificativa hasta el 1 de junio de 2009, de los proyectos y actuaciones correspondientes a la anualidad 2008 de las convocatorias IAP Industrial y DEX Industrial, extendiéndose hasta dicha fecha los documentos de pago de las facturas que justifican las diferentes partidas. Coincidiendo con la fecha máxima de documentos de pago bancario.
El plazo de justificación es del 1 de enero al 1 de junio de 2009.
[05] ¿Se puede presentar toda o parte de la documentación en papel?
No. La documentación justificativa se presentará únicamente con firma electrónica avanzada y a través de la aplicación telemática, disponible en la página web del mityc.
[06] ¿Qué formatos y tamaños deberán tener los ficheros electrónicos que contengan la documentación justificativa?
La presentación de la documentación se hará por vía telemática, con firma electrónica avanzada, a través de la página web del mityc. Cada fichero electrónico enviado telemáticamente deberá corresponder a alguno de los siguientes formatos: "pdf” (preferentemente), "rtf”, "txt”, "doc”, "wpd”, o "xls” (necesario para el caso de las fichas normalizadas), y en ningún caso superará los 3 Mb. Las fichas deberán presentarse en formato Excel.
[07] ¿En que caso es obligatorio presentar el Informe de Auditor?
El Informe de Auditor se debe presentar obligatoriamente en el caso de proyectos que hayan recibido ayuda por un importe igual o superior a 200.000€, o cuando las condiciones técnico-económicas de la Resolución de Concesión de Ayudas así los estipule; dicho informe deberá incluir las fichas normalizadas con el sello del auditor y certificar la comprobación de la documentación justificativa y habrá de incluir detalle de los gastos y pagos que a su juicio son considerados validos o no, de acuerdo con el manual de instrucciones de justificación. Para realizar la correcta presentación del informe se deberán tener en cuenta el punto 5.9 del manual de justificación.
[08] ¿Se puede compensar presupuesto entre partidas?
No, cada partida del presupuesto financiable es independiente y no hay compensación entre ellas.
[09] ¿Como sé si la documentación justificativa presentada es correcta?
En el caso de que la documentación presentada por el beneficiario este incompleta o no cubra los gastos imputados, el Órgano Competente enviará los correspondientes comunicados vía fax al teléfono que el beneficiario proporciono en el cuestionario de la solicitud de la ayuda.
Si ha habido algún cambio en los datos de contacto (persona, teléfono, fax), deberá ser comunicado al Órgano Competente, aportando un escrito con los nuevos datos de contacto a través de la aplicación telemática.
[10] En el caso de no tener las tres ofertas de diferentes proveedores para las partidas de instrumental/equipamiento y subcontrataciones, ¿como podría justificar el gasto?
En sustitución de las tres ofertas con fecha anterior a la de la factura elegida en las partidas de instrumental/equipamiento y subcontrataciones, podrá presentar un escrito firmado por el representante legal de la empresa, justificando la razón por la cuál no presenta dichas ofertas.