Preguntas frecuentes: Solicitud

Preguntas frecuentes de: Solicitud

[01] ¿Quiénes pueden presentarse al Subprograma de Investigación Aplicada Industrial de la D.G.D.I. de esta Convocatoria?
1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas los relacionados a continuación:

a) Centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro no universitarios, según la definición establecida en el apartado sexto.1 c) de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.

b) Centros Tecnológicos, que actúen exclusivamente como participantes en un proyecto en cooperación (no como solicitantes), según la definición establecida en el apartado sexto.1 d) de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.

c) Otras entidades privadas sin ánimo de lucro, según la definición establecida en el apartado sexto.1 e) de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.

d) Empresas, según la definición establecida en el apartado sexto.1 f) de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.

e) Agrupaciones o asociaciones empresariales, según la definición establecida en el apartado sexto.1 g) de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.

2. Las microempresas, de acuerdo a la definición contemplada en el apartado sexto.1 f) de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, sólo podrán ser beneficiarias de ayudas en proyectos que se realicen bajo la modalidad de cooperación.
[02] ¿Cuál es el plazo para presentar las solicitudes?
El plazo para la presentación de solicitudes será de 1 mes, esto es desde el día siguiente a la publicación del B.O.E., es decir, del 12 de abril al 12 de mayo. 
[03] ¿Puede ser beneficiario una asociación sin ánimo de lucro que normalmente no se dedica a actividades de investigación y desarrollo?
Según la definición establecida en el apartado sexto 1. e) de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, podrán ser beneficiarios otras entidades privadas sin ánimo de lucro: fundaciones, asociaciones u otras entidades no lucrativas que realicen habitualmente actividades relacionadas con el fomento, la gestión y la intermediación en el campo de la ciencia, la tecnología, la investigación y la innovación.
[04] ¿Es compatible el Subprograma de Investigación Aplicada Industrial con la concesión de otras ayudas?
De acuerdo con el Capítulo I, Apartado 11, Punto 11, de la Convocatoria del año 2008 para la concesión  de las ayudas del Programa Nacional de Proyectos de Investigación Aplicada en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, la percepción de las ayudas reguladas en esta Orden será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Esta compatibilidad estará condicionada a que el importe de las ayudas concedidas en ningún caso pueda ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras, supere la intensidad de la ayuda aplicable de acuerdo con lo establecido en el apartado undécimo  de la referida orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.

El solicitante deberá declarar las ayudas que haya obtenido o solicitado para las actividades o proyectos subvencionables regulados por esta orden, tanto al presentar las propuestas como en cualquier momento ulterior en que se produzca esta circunstancia.
[05] ¿Puede una empresa presentar más de una solicitud?
Sí. De hecho, debe presentar tantas solicitudes como proyectos susceptibles de ayuda tenga, al mismo o a distintos Programas Nacionales.
[06] ¿Se puede presentar un mismo proyecto a varios programas?
La solicitud de ayuda para cada proyecto o actuación deberá asignarse a un único subprograma, y dentro de éste, al sector, subsector, o Acción Estratégica correspondiente.
[07] ¿Existe algún límite mínimo o máximo al presupuesto de los proyectos financiables con las ayudas del Subprograma de Investigación Aplicada Industrial?
Los proyectos de investigación aplicada para que sean financiables deberán tener un presupuesto mínimo total de 60.000 euros cuando se trate de concesión de una subvención o de 500.000 euros cuando se trate de un préstamo, salvo para los proyectos de especial interés de sectores tradicionales definidos en el apartado quinto c) de la Orden PRE/621/2008, de 7 de marzo, en los que los presupuestos mínimos serán de 30.000 euros cuando se trate de subvención o de 60.000 euros cuando se trate de un préstamo.
[08] ¿En qué lugares del MITYC se pueden presentar los modelos de solicitud de ayuda?
Las solicitudes para este Subprograma se presentarán en la dirección de Internet del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (www.mityc.es/portalayudas).
[09] ¿Qué documentación debe presentarse?
1) Formulario de solicitud de ayuda.

2) Cuestionario.

3) Memoria con el siguiente formato: "pdf”, “rtf”, “txt”, “doc” o “wpd” y en ningún caso superará 3 Mbytes de información.

4) En caso de tratarse de una gran empresa, o bien,  una PYME que solicita un ayuda por un importe superior o igual a 7,5 millones de euros, deberá incluirse una memoria adicional, que demuestre el efecto incentivador de la ayuda solicitada de acuerdo a lo señalado en el apartado 11.2 y 4 de esta Orden.

Los mencionados elementos se cumplimentarán necesariamente con los medios electrónicos de ayuda disponibles en la dirección de Internet (www.mityc.es/portalayudas).
[10] ¿Es necesario presentar los poderes de cada uno de los participantes en proyectos en cooperación?
No. Basta con presentar los del solicitante.
[11] En el caso de proyectos en cooperación, ¿cómo se debe presentar la solicitud?
Del mismo modo a como se hace con proyectos individuales, con la salvedad de introducir los datos correspondientes a cada uno de los cooperantes en el lugar indicado en el cuestionario para tal fin.

Deberá enviarse junto con la solicitud, la hoja de conformidad de participación en el proyecto firmada por cada cooperante.
[12] ¿Hay que adjuntar los poderes del firmante de la solicitud?
Los solicitantes no estarán obligados a presentar aquellos documentos que ya obren en poder del órgano concedente, indicando en el cuestionario de solicitud el número de expediente; siempre y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento correspondiente, y no se haya producido un cambio de representante legal de la empresa, a efectos de notificación.

Los solicitantes de ayudas, tanto de subvenciones como de préstamos, inscritos en el Registro de Entidades que realizan actividades de I+D en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio estarán exentos de presentar la documentación acreditativa de su personalidad y capacidad de obrar, así como, en su caso la que acredite la representación de quienes actúen en su nombre.

Las inscripciones en dicho registro tendrán una validez de cinco años, en los términos y condiciones establecidos en la Orden ITC/570/2006 de 22 de febrero por la que se crea el registro de entidades que realizan actividades de I+D, y en todo caso, deberán ser actualizadas anualmente mediante el formulario correspondiente de la pagina web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

En caso de no estar inscrito en dicho Registro de I+D, junto con la solicitud, el solicitante acompañará la acreditación válida del poder del firmante de la misma.

En aplicación del artículo 35 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, y a fin de facilitar la presentación tanto de la acreditación válida del poder del firmante de la solicitud, como de las conformidades de los participantes en los proyectos en cooperación, o de cualquier otra documentación complementaria, los interesados podrán aportar copia digitalizada de las mismas.
[13] ¿Quién debe firmar la solicitud?
Debe firmar la persona que tenga el poder notarial de representación.
[14] La presentación de la solicitud ¿requiere firma electrónica?
Sí, los solicitantes efectuarán la presentación de la solicitud únicamente en el registro electrónico del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, mediante firma electrónica avanzada.

El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda.
[15] ¿Qué tipo de proyectos son objeto de estas ayudas?
Dentro de las condiciones establecidas en el apartado segundo.2 de la Orden PRE/621/2008, de 7 de marzo, los proyectos y estudios de viabilidad financiados a cargo de este subprograma, podrán estar incluidos en los sectores o subsectores del Área 3 de “desarrollo e innovación tecnológica industrial”, y las “acciones estratégicas” del Área 4 del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, que se enuncian a continuación:

Sectores y subsectores del Área 3 del Plan Nacional:

1. Sector de seguridad y defensa.
1.1 Subsector de seguridad
2. Sector de construcción, ordenación del territorio y patrimonio cultural
3. Sector de turismo
4. Sectores industriales
4.1. Subsector bienes de equipo
4.2.  Subsector química
4.3. Subsector metalurgia y productos metálicos
4.4. Subsector vehículos de transporte (automoción, marítimo, ferroviario, transmodal)
4.5. Subsector industrias tradicionales (textil-confección, calzado, curtido y marroquinería, juguete, madera y mueble)
4.6. Subsector industrias diversas (equipamiento médico y para la salud, tecnologías medioambientales aplicadas a la industria, industria alimentaria)
5. Sector farmacéutico

Acciones Estratégicas del Área 4 del Plan Nacional:

1. Biotecnología.
2. Energía y Cambio Climático.
3. Nanociencia y Nanotecnología, Nuevos Materiales y Nuevos Procesos Industriales.

En el anexo v de esta convocatoria, se recogen a título orientativo, las prioridades temáticas, líneas y sublíneas de investigación para cada Sector, Subsector o Acción Estratégica.
[16] ¿Una Universidad puede presentar un proyecto a esta Convocatoria?
No. Una Universidad no puede presentar un proyecto para esta Convocatoria, ni como solicitante ni como cooperante.
[17] ¿Cómo puede participar una Universidad?
Las Universidades solo pueden participar como subcontrataciones de entidades beneficiarias de la ayuda.