Descripción general de la ayuda: Sucontratación

El coste de la subcontratación no puede superar el 50% del coste total del proyecto o actuación, excepto en proyectos o estudios de viabilidad realizados por entidades sin ánimo de lucro calificados de interés general por la Comisión de Evaluación, casos en los que la subcontratación puede llegar al 95%.

Una entidad no podrá participar en un proyecto o actuación en cooperación de manera simultánea como beneficiario y como entidad subcontratada por otro participante en el mismo.