Solicitudes: Inadmisión

Aquellas solicitudes presentadas dentro del ámbito de Resolución de 29 de diciembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se efectúa la convocatoria por tramitación anticipada correspondiente al ejercicio 2015 (BOE 31/12/2014) que, a juicio del órgano instructor, no reúnan los requisitos exigidos en la misma, así como los establecidos en la Orden IET/2200/2014, de 20 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de estas ayudas, se considerarán inválidas y no se admitirán a trámite ni se evaluarán.

Los solicitantes pueden acceder a la comunicación individual correspondiente a su expediente a través del registro electrónico, del modo previsto en el art. 17.3 de la Orden IET/786/2013, de 7 de mayo.