Solicitudes: Inadmisión

Fondo Europeo de desarrollo Regional

Aquellas solicitudes presentadas dentro del ámbito de la Orden ITC/2366/2011, de 30 de agosto, (BOE 3-9-2011) por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de actuaciones en el marco de la política pública para el fomento de la competitividad de sectores estratégicos industriales para el período 2012-2015 que, a juicio del órgano instructor, no reúnan los requisitos exigidos en la misma, se considerarán inválidas y no se admitirán a trámite ni se evaluarán.

No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, con esta notificación se inicia el trámite de audiencia previo a la propuesta de resolución de inadmisión de la solicitud, disponiendo de un plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación en el Registro Electrónico del Ministerio de dicha notificación, para formular alegaciones y aportar cuantos documentos y justificaciones estime oportunos.