Descripción general: Objetivos

La ambición y el alcance de los objetivos expuestos de la ITC sobre sistemas de computación empotrados, la magnitud de los recursos financieros y técnicos que deben movilizarse, y la necesidad de conseguir una coordinación y sinergia efectivas de los recursos y fondos, exigen una actuación a nivel comunitario. Por consiguiente, es necesario crear una Empresa Común ARTEMIS, de conformidad con el artículo 171 del Tratado, como persona jurídica responsable de la aplicación de la ITC sobre sistemas de computación empotrados. Para garantizar la gestión adecuada de las actividades de I+D iniciadas conforme al Séptimo Programa Marco (2007 2013), la Empresa Común ARTEMIS debe crearse por un período que se extienda hasta el 31 de diciembre de 2017.

Los miembros fundadores de la Empresa Común ARTEMIS son la Comunidad, Bélgica, Dinamarca, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Italia, Hungría, Países Bajos, Austria, Portugal, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia, Suecia, Reino Unido, y ARTEMISIA, una asociación que representa a empresas y otras organizaciones de I+D que operan en el ámbito de los sistemas de computación empotrados en Europa. La Empresa Común ARTEMIS debe quedar abierta a nuevos miembros.