Concesión

Convocatoria 2010: Propuesta de resolución provisional

Notificación de la propuesta de resolución provisional del procedimiento de concesión de ayudas a la promoción de Centro de Apoyo a Emprendedores.

Convocatoria

Resolución de 7 de junio de 2010, de la Secretaría General de Industria, por la que se efectúa, para el año 2010, la convocatoria de ayudas para la promoción de centros de apoyo a emprendedores (BOE 18-06-2010)

Fecha de notificación: 18 de octubre de 2010

Con fecha de hoy, la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa ha notificado electrónicamente a todos los solicitantes afectados la Propuesta de Resolución Provisional de concesión de ayudas para la promoción de centros de apoyo a emprendedores de la convocatoria de 2010, a la vista de los acuerdos adoptados por la Comisión de Evaluación reunida el día 6 de octubre de 2010.

Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días naturales, a partir de la fecha y hora de puesta a disposición de cada notificación en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, para aceptar la ayuda propuesta y aportar la documentación requerida, rechazarla o formular alegaciones.

Para acceder a la propuesta de resolución provisional de cada expediente, el solicitante deberá:

  1. Consultar el documento “Propuesta de resolución provisional de concesión” publicado en esta misma página, para ver si figura entre los solicitantes con ayuda propuesta.
  2. En caso afirmativo, puede consultar su propuesta provisional en el apartado Notificaciones electrónicas de la sede electrónica, o bien mediante la consulta del Registro electrónico , en ambos casos con el certificado de usuario de la persona que presentó la solicitud.
  3. Si consulta el expediente en el registro electrónico, debe acceder al documento “Resolución provisional de concesión”, que sólo aparecerá si su expediente figura en la lista de las ayudas propuestas.
  4. Para poder ver la propuesta, previamente se deberá firmar electrónicamente la aceptación de su notificación, con el certificado digital de la persona que presentó la solicitud. Después de esta aceptación se podrá consultar la propuesta como cualquier otro documento incorporado al expediente electrónico. Junto a la propuesta estará el “Documento de aceptación”, ya relleno con los mismos importes de concesión que figuran en la propuesta.
  5. La concesión provisional por parte del solicitante debe ser bien “Aceptada”, bien “Rechazada”, o bien realizar alegaciones a la misma.
  6. Si se desea aceptar la resolución provisional de concesión, debe acceder al “Formulario de aceptación de ayuda de Centro de Apoyo a Emprendedores” situado más abajo. Se deberá indicar el código del expediente que se desea aceptar, y se debe adjuntar obligatoriamente el “Documento de aceptación” que se encuentra junto al de “Resolución provisional de concesión” en el expediente electrónico del registro.
    • El documento de aceptación debe ser firmado electrónicamente con la aplicación eCoFirma por el responsable de la entidad solicitante (o los responsables para casos de firmas mancomunadas). A la aplicación eCoFirma se puede acceder en la sede electrónica del ministerio sede electrónica , en el apartado de “Utilidades” y en la opción de “eCoFirma (Utilidad de copia y firma electrónica)” en donde se encuentran las correspondientes instrucciones.
    • También se debe adjuntar declaración responsable de cada participante de no tener deudas de las especificadas en el art. 13.2 de la Ley General de Subvenciones, según la plantilla situada más abajo.
    • Si el responsable o responsables de la entidad hubieran cambiado y no fueran los mismos que cuando se realizó la presentación de poderes, deben volver a aportar la nueva documentación en la que se acredite dicha representación, y adjuntarla en el “Formulario de aceptación de ayuda de Centro de Apoyo a Emprendedores”, también firmados con eCoFirma.
    • En el supuesto de solicitarles documentación de estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal Tributaria o con la Tesorería General de la Seguridad Social, o con la correspondiente Agencia Foral tributaria, deben añadirla en este “Formulario de aceptación de ayuda”.
    • Por último el responsable de la entidad solicitante debe firmar el “Formulario de aceptación de ayuda de Centro de Apoyo a Emprendedores” con su firma electrónica.
  7. Si se opta por rechazar la ayuda propuesta, acceder al “Formulario de rechazo de ayuda Centro de Apoyo a Emprendedores” situado más abajo. Se deberá indicar el código del expediente a rechazar, y firmarlo el responsable de la entidad correspondiente.
  8. Si se desean realizar alegaciones a la propuesta de resolución provisional, acceder al “Formulario de alegaciones a la propuesta de resolución provisional de Centro de Apoyo a Emprendedores” situado más abajo, en donde además de indicar el código del expediente, se indicarán las razones de alegación y se podrá adjuntar la documentación que consideren oportuna.

 

Una vez resueltas las alegaciones que se formulen, se publicará en esta misma dirección de Internet la relación de expedientes afectados, desde donde los solicitantes que hayan alegado podrán acceder a la propuesta de resolución definitiva correspondiente.

Formulario de aceptación de ayuda de Centro de Apoyo a Emprendedores

Formulario de rechazo de ayuda Centro de Apoyo a Emprendedores

Formulario de alegaciones a la propuesta de resolución provisional de Centro de Apoyo a Emprendedores

Formulario de envío de documentación para Promoción de Centro de Apoyo a Emprendedores

Para cuestiones administrativas o de índole procedimental:

Para cuestiones informáticas:


Propuesta de resolución provisional de concesión [PDF] [22 KB]

Propuesta de resolución provisional denegatoria [PDF] [29 KB]

Propuesta de resolución provisional de excluidos [PDF] [53,3 KB]

Declaración por reintegro de subvenciones CEAE [DOC] [56 KB]