Descripción general: Actuaciones objeto de ayuda

Podrán ser objeto de ayuda las actuaciones que vayan dirigidas a la puesta en marcha de nuevos servicios en los CEAE o la mejora de los existentes, siempre y cuando se realicen mediante proyectos de cooperación. Dicha cooperación se deberá llevar a cabo entre al menos tres beneficiarios que cuenten con Centros de Apoyo a Emprendedores, según la definición establecida en el párrafo 2 del apartado tercero, y realicen al menos las siguientes actividades:

  • Análisis de viabilidad de la idea de negocio
  • Formación (seminarios, cursos y talleres).
  • Tutorización del plan de negocio y asesoramiento en general al proyecto empresarial.
  • Información sobre financiación, subvenciones y ayudas públicas.
  • Información sobre formas jurídicas, fiscalidad y trámites administrativos.

Las actuaciones subvencionables contenidas en los proyectos deberán pertenecer a algunas de las que se describen a continuación:

  • Implementación de metodologías comunes innovadoras de asistencia a PYME y emprendedores.
  • Establecimiento de nuevos servicios de apoyo especializados, como el desarrollo conjunto y oferta de servicios avanzados de consultoría, etc.
  • Utilización compartida de infraestructuras de apoyo (servicios TIC, gestión administrativa, fondos documentales, etc.).
  • Desarrollo de proyectos conjuntos para la mejora de la capacitación del personal técnico de los Centros.
  • Realización de jornadas, seminarios, etc., orientados a la difusión de buenas prácticas, intercambio de experiencias, etc., que contribuyan al trabajo en red entre centros y su personal.
  • Participación de los Centros en redes internacionales de apoyo a emprendedores.
  • Realización de proyectos de intercambio de personal entre centros que permita la adquisición y transferencia de conocimiento entre Centros para la puesta en marcha de nuevos servicios o mejora de los ya existentes.
  • La elaboración, adquisición o implantación de herramientas que sirvan para la cooperación entre centros.