• Energía
  • 03/12/2015

El Gobierno aprueba medidas para fomentar el uso de biocarburantes y  asegurar así el cumplimiento de los objetivos contra el cambio climático

Consejo de Ministros

El Real Decreto aprobado hoy asegura el cumplimiento del objetivo contra el cambio climático del 20% de penetración de renovables en el 2020, con el mínimo coste para el consumidor.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto para fomentar la utilización de biocarburantes en el transporte mediante el establecimiento de objetivos mínimos obligatorios para el periodo 2016-2020.

De esta forma se asegura el cumplimiento del objetivo contra el cambio climático del 20% de penetración de renovables en el 2020 de manera eficiente y con el mínimo coste para el consumidor.

Dentro de este objetivo global, el 10% de la energía utilizada en el transporte - que supone la mitad del consumo energético - debe ser de origen renovable.

En este real decreto se establece una senda de obligación de biocombustibles en el transporte, que va ascendiendo gradualmente hasta alcanzar el 8.5% en el 2020. Los objetivos obligatorios mínimos anuales para la venta o consumo de biocarburantes en el periodo 2016-2020 son los siguientes:

2016 2017 2018 2019 2020
4,3%  5%   6%     7%     8,5%


Además, para el cómputo del objetivo del 2020, se limita el uso de biocarburantes de primera generación (los que compiten con los usos para alimentación humana) al 7% debiendo establecer el Gobierno, antes de 2017, un objetivo indicativo de biocarburantes avanzados

Cumpliendo con esta nueva senda, junto con las medidas ya en marcha en el sector eléctrico, España se situará en el entorno del 19% de penetración de renovables en el 2020, faltando aún más de cuatro años para poder introducir las medidas que se consideren oportunas para llegar al objetivo global.

Otras medidas incluidas en el RD

El Real Decreto incluye asimismo medidas para fomentar la eficiencia energética.

Entre dichas medidas cabe destacar aquellas que tienen como objetivo incrementar y facilitar la información a los consumidores de sus consumos de gas y electricidad: se regula el acceso a sus datos, se establece la opción de facturación on-line y la obligación de aportar información a los consumidores sobre el potencial de los contadores de telegestión

Se incluye asimismo la necesidad de evaluar el potencial de eficiencia energética de las infraestructuras de gas y electricidad