Preguntas frecuentes

¿Quién se puede presentar a estas ayudas?

Entidades locales que forman parte de la Red de destinos Turísticos Inteligentes (en adelante Red DTI), será de aplicación a todas las entidades locales integradas en la Red DTI.

Si no pertenezco a la red DTI y quiero optar a estas ayudas ¿cómo lo puedo hacer?

Cuando presentes tu solicitud a la ayuda, debes aportar el Anexo de solicitud a la red DTI debidamente cumplimentado, firmado y sellado.

¿Qué plazo tengo para presentar la ayuda?

13 de junio 2022

¿Cuándo tiempo tengo para ejecutar el proyecto?

Tienes de plazo hasta el 31/12/2023

¿Desde cuándo puedo imputar gastos?

Desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE (11/05/22) hasta el 31/12/2023

¿Cuál sería la financiación máxima que voy a recibir?

EL 100% del presupuesto del proyecto, dependiendo del tamaño del municipio, este importe será:

  • Municipios y cabildos de más de 300.000 habitantes: inversión máxima de 300.000,00 de euros.
  • Municipios de entre 100.000 y 300.000 habitantes: inversión máxima de 200.000,00 euros.
  • Municipios de menos de 100.000: inversión máxima de 100.000,00 euros.
  • Agrupaciones de entidades locales, cabildos y diputaciones provinciales de más de 500.000 habitantes: inversión máxima de 500.000,00 de euros.
  • Agrupaciones de entidades locales, cabildos y diputaciones provinciales de entre 200.000 y 500.000 habitantes: inversión máxima de 350.000,00 euros.
  • Agrupaciones de entidades locales, cabildos y diputaciones provinciales de menos de 200.000: inversión máxima de 200.000,00 euros.
¿Qué población se va a tener en cuenta?

La población reflejada en el padrón municipal a fecha de 1 de octubre de 2021

Una misma entidad ¿puede presentar varios proyectos?

Los proyectos tienen que ser coherentes, la entidad debe analizar si es mejor presentar varios proyectos individuales o un proyecto global que englobe varios subproyectos.

Además, hay que tener en cuenta que los importes reflejados anteriormente son los máximos que se puede financiar por entidad.

¿Qué tipos de gastos puedo presentar?

Coste de personal, contratados exclusivamente para el proyecto

Gastos dirigidos a la transformación digital:

  • Para favorecer el acceso al turista en su lugar de origen
  • Para facilitar la comunicación y acceso de recursos y servicios al turista en el destino
  • Gestión del impacto que genera el turismo en el destino
  • Gobernanza pública y su acceso a tecnología

Gastos de fomento de la interoperabilidad, sensibilización y formación

  • Alquiler del espacio para la realización de las jornadas.
  • Alquiler de mobiliario y de los equipos necesarios para la realización de las mismas.
  • Subcontratación de un tercero para la realización de las mismas, siempre y cuando la actividad subcontratada con el tercero no supere el 80 por ciento del importe.

Se apoyarán, para cualquiera de los gastos enumerados en el presente artículo, aquellas actuaciones que sean consideradas como indispensables para la correcta implantación de las soluciones tecnológicas, permitiendo conocer la situación de partida, pertinencia de las actuaciones y necesidades del sector comercial, así como el diseño del plan de acción, y que conduzcan a realizar una mejor selección y adaptación de las acciones a emprender por parte del beneficiario.

¿Podría subcontratar actuaciones?

Si, podría subcontratar hasta el 100 por ciento del proyecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Si cuando se está ejecutando el proyecto hay algún cambio y/o nos damos cuenta que en una partida de gastos no llegamos a justificar y en otra partida hemos presupuestado de más, ¿podría haber modificación y/o traspaso entre partidas?

Si puede solicitar modificación si cumple lo que se establece el punto 2 del Artículo 22. Modificación de la resolución de concesión.

Las circunstancias específicas que pueden dar lugar a la modificación de la resolución de concesión son:

  • Causas sobrevenidas que no pudieron preverse en el momento de la solicitud, y que no fuesen previsibles con anterioridad.
  • Necesidad de ajustar la actividad a especificaciones técnicas, de salud, medioambientales, urbanísticas, de seguridad o de accesibilidad, aprobadas con posterioridad a la adjudicación de la ayuda.
  • La modificación del desglose del importe total subvencionado de las distintas categorías de gastos, siempre y cuando sea presupuestariamente posible y no suponga incremento de la cuantía inicialmente concedida y esté debidamente motivada.
¿Hay que presentar obligatoriamente informe de auditoría en la justificación?

Sí, es obligatorio presentar en el momento de la justificación un informe de auditoría realizado por una auditora externa inscrita en el ROAC.

¿Es necesario incluir los logos del, Ministerio , Secretaría de Estado de Turismo, Logo PRTR, Logo Europa Fondos Next Generation?
Es necesario incluir estos logos:
  • Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
  • Financiado por la Unión Europea, Next Generation
  • Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
En el caso de proyectos agrupados, ¿cómo se efectúa el pago de la subvención?

Tal y como se establece en la OB a cada miembro de la agrupación se le abonará el importe de la subvención que le corresponda, para ello deberán aportar la documentación correspondiente.

¿Se puede subcontratar a empresas de fuera de la UE?

La subcontratación está permitida con los límites cuantitativos fijados en la Orden y sin que, con carácter general, exista una limitación a la subcontratación fuera de la UE. Sin embargo, la subcontratación no exime del cumplimiento de las obligaciones que tienen los beneficiarios, por lo que el empleo debería crearse en España y las empresas proveedoras de equipos, componentes, integraciones de sistemas y software deben estar ubicadas en la UE.