Solicitudes: Subsanación

Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable que se cita a continuación, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en la legislación aplicable.

Plazo de presentación de las subsanaciones: hasta el 3 de noviembre inclusive.

Para realizar la subsanación debe utilizar la siguiente aplicación informática