Concesión

Convocatoria 2022: Propuesta Resolución Definitiva

Publicación de la propuesta de resolución definitiva del procedimiento de concesión de la línea de ayudas para el apoyo de mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización. Convocatoria 2022 aprobada por resolución de la Secretaría de Estado de Comercio de 30 de junio de 2022.

Fecha de publicación: 10 de enero de 2023

Examinadas las alegaciones presentadas, en su caso, por los interesados, la Dirección General de Política Comercial ha formulado Propuesta de Resolución Definitiva de Concesión que se notifica a los interesados propuestos como beneficiarios mediante esta publicación para que, en el plazo de 10 días hábiles, comuniquen su aceptación o renuncia a la ayuda propuesta.

Listados definitivos:

Listado de solicitudes estimadas [PDF] [528 KB]

Listado de solicitudes desestimadas [PDF] [614 KB]

Instrucciones para solicitudes estimadas tras recibir la Propuesta Definitiva en la convocatoria de ayudas para el apoyo de mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización:

Una vez recibida la Propuesta Definitiva de Concesión, las entidades solicitantes deberán atenerse a los siguientes plazos:

  1. Aceptación de la Propuesta Definitiva:

    Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación en registro electrónico, para aceptar o rechazar la financiación propuesta, entendiéndose que se renuncia a la propuesta de no producirse aceptación en dicho plazo.

    Las aceptaciones o desistimientos a las propuestas se presentarán con firma electrónica. Para ello deberá acceder a su expediente en el registro electrónico y utilizar el botón "Presentar Documentación", que le permitirá acceder al formulario de aceptación o desistimiento. Desde ahí podrá aportar la documentación requerida.

    Si el acceso al registro electrónico lo realiza con certificado digital, tiene que acceder a su expediente a través de la pestaña Expedientes y pulsar en el icono de la lupa que aparece a la derecha del nombre del expediente. Una vez que haya accedido al detalle de su expediente verá el botón "Presentar Documentación".

    Junto con la aceptación se deberán aportar los siguientes documentos:

    • Anexo IV DECLARACION DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES (DACI), firmado electrónicamente por la persona con poder suficiente para ello, el cual se adjunta junto con la Propuesta de Resolución Definitiva. Para ello, deberá anexar al trámite de Aceptación, el documento firmado electrónicamente con la aplicación Autofirma.
    • Número de cuenta único y exclusivo para la subvención
    • DECLARACIÓN CENSAL de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Modelo 036 de la Agencia tributaria

    Caso de representación mancomunada

    En caso de que la entidad tenga representantes mancomunados, la persona que firme el envío telemático debe ser el representante que se consignó en primer lugar en la solicitud.

    Además, se deberá descargar el archivo "Aceptación de financiación para representantes mancomunados” de la Propuesta de Resolución, que deberá ser firmado electrónicamente por todos los representantes mancomunados mediante la herramienta Autofirma, y enviar en el mismo plazo de 10 días hábiles (utilizando el botón “Anexar Fichero” que aparece en la pantalla “Aceptación de Financiación Propuesta”), el archivo en formato *.xsig. La herramienta Autofirma, debe estar configurada siguiendo las instrucciones publicadas en la sede electrónica del Ministerio.

    ESTE TRÁMITE ES IMPRESCINDIBLE PARA PODER ACCEDER A LA FINANCIACIÓN SOLICITADA

Cumplimiento de las condiciones para adquirir la condición de beneficiario:

En aquellos casos en los que haya variado alguna circunstancia en cuanto a las siguientes condiciones que se señalan a continuación, y de obligado cumplimiento para adquirir la condición de beneficiario, respecto a las acreditadas en el momento de la solicitud, se concederá un plazo de 10 días, para que los solicitantes actualicen la información aportada.

  1. Cumplimiento de obligaciones tributarias, forales (en su caso) y frente a la Seguridad Social.
  2. No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, ni estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado un apoyo financiero ilegal e incompatible con el mercado común.
  3. Estar al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
  4. No estar incurso en ninguna de las prohibiciones a las que se refiere el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 26 y 27 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

    Los párrafos 2), 3) y 4) anteriores podrán acreditarse por medio de Declaración Responsable del solicitante.

Obtención de otra financiación pública:

En cualquier momento del procedimiento, el solicitante deberá comunicar al órgano instructor, en su caso y tan pronto como tengan conocimiento de ello, la obtención de otra financiación pública para la ejecución de las actividades para las que se solicita financiación.

Toda la documentación requerida deberá enviarse a través del registro electrónico del Ministerio.