Concesión

Convocatoria 2022: Propuesta Resolución Definitiva

Publicación de la propuesta de resolución definitiva del procedimiento de concesión de ayuda a planes de innovación y sostenibilidad en el ámbito de la industria manufacturera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el año 2022, Orden de convocatoria de 28 de abril de 2022.

Fecha de publicación: 8 de noviembre de 2022

El Comité Ejecutivo de la Comisión de Evaluación de la convocatoria concesión de ayudas a planes de innovación y sostenibilidad en el ámbito de la industria manufacturera en el año 2022, a la vista  de los acuerdos adoptados por dicha Comisión de Evaluación, reunida el día 7 de noviembre de 2022, ha acordado elevar a definitivo el resultado propuesto sobre las alegaciones presentadas por los solicitantes a la propuesta de resolución provisional de la convocatoria, y ha formulado Propuesta de Resolución Definitiva.

Dichas Propuesta se notifica a los solicitantes a través del registro electrónico.

Instrucciones para solicitudes estimadas tras recibir la Propuesta Definitiva en la convocatoria IDI-2022:

Una vez recibida la Propuesta Definitiva de Concesión, las entidades solicitantes deberán atenerse a los siguientes plazos:

  1. Aceptación de la Propuesta Definitiva:

    Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación en registro electrónico, para aceptar o rechazar la financiación propuesta, entendiéndose que se renuncia a la propuesta de no producirse aceptación en dicho plazo.

    Las aceptaciones o desistimientos a las propuestas se presentarán con firma electrónica. Para ello deberá acceder a su expediente en el registro electrónico y utilizar el botón "Presentar Documentación", que le permitirá acceder al formulario de aceptación, desistimiento. Desde ahí podrá aportar la documentación requerida.

    Si el acceso al registro electrónico lo realiza con certificado digital, tiene que acceder a su expediente a través de la pestaña Expedientes y pulsar en el icono de la lupa que aparece a la derecha del nombre del expediente. Una vez que haya accedido al detalle de su expediente verá el botón "Presentar Documentación".

    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se reconfigura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), junto con la Propuesta Definitiva de Concesión, las entidades deberán aportar, junto con la Aceptación, los siguientes documentos, cuyo modelo se puede descargar directamente en versión editable desde esta página:

    • Anexo “Declaración de la cesión y tratamiento de datos a otras administraciones en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) y de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)”, en cumplimiento de lo establecido en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, firmado electrónicamente por la persona con poder suficiente para ello, el cual se adjunta junto con la Propuesta de Resolución Definitiva. Para ello, deberá anexar al trámite de Aceptación, el documento firmado electrónicamente con la aplicación Autofirma.

      Anexo Modelo de declaración de cesión y tratamiento de datos PRTR [DOCX] [1.068 KB]

    • Anexo “Declaración de ausencia de conflicto de interés”, firmado electrónicamente por la persona con poder suficiente para ello, el cual se adjunta junto con la Propuesta de Resolución Definitiva. Para ello, deberá anexar al trámite de Aceptación, el documento firmado electrónicamente con la aplicación Autofirma.

      Anexo Modelo de declaración de ausencia de conflicto de intereses [DOCX] [1.070 KB]

    • El trámite de aceptación, se hará a través del expediente electrónico mediante el trámite: “ACEPTACIÓN DE CONCESIÓN”.

    Caso de representación mancomunada

    En caso de que la entidad tenga representantes mancomunados, la persona que firme el envío telemático debe ser el representante que se consignó en primer lugar en la solicitud.

    Además, se deberá descargar el archivo "Aceptación de financiación para representantes mancomunados” de la Propuesta de Resolución, que deberá ser firmado electrónicamente por todos los representantes mancomunados mediante la herramienta Autofirma, y enviar en el mismo plazo de 10 días hábiles (utilizando el botón “Anexar Fichero” que aparece en la pantalla “Aceptación de Financiación Propuesta”), el archivo en formato *.xsig. La herramienta Autofirma, debe estar configurada siguiendo las instrucciones publicadas en la sede electrónica del Ministerio.

    ESTE TRÁMITE ES IMPRESCINDIBLE PARA PODER ACCEDER A LA FINANCIACIÓN SOLICITADA, aunque a fecha de aceptación no se disponga del resguardo de garantía.

  2. Presentación del resguardo de garantía constituido en la Caja General de Depósitos:

        Instrucciones en relación con las garantías a aportar:

  1. Se realizará exclusivamente a través del trámite: “ENVÍO RESGUARDOS DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS”.
  2. Las garantías se constituirán, a disposición del órgano concedente, en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales, encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, en cualquiera de las modalidades aceptadas según su normativa (Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos y la Orden por la que se desarrolla, del Ministerio de Economía y Hacienda, de 7 de enero de 2000, modificada por la Orden ECO/2120/2002, de 2 de agosto).
  3. Cuando las ayudas propuestas combinen préstamo y subvención, deberán presentarse resguardos de constitución de garantías separados para cada modalidad de ayuda.

    Cuando se proponga ayuda en forma de préstamo, el importe de la garantía correspondiente a esta parte de la ayuda propuesta será del 20 por ciento del importe de principal.

    Cuando se proponga ayuda en forma de subvención, el importe de la garantía correspondiente a esta parte de ayuda propuesta será del 100 por ciento del importe de subvención propuesto.

  4. Se exigirá la presentación del resguardo de constitución de garantía antes de la resolución de concesión, estableciéndose un plazo improrrogable de 15 días hábiles para presentarla a contar desde el siguiente al de la notificación, tal y como establece el artículo 25.3 de la Orden ICT/789/2021, de 16 de julio, modificada por la ICT/309/2022, de 31 de marzo. La falta de constitución y acreditación ante el órgano competente de la garantía tendrá como efecto la consideración del solicitante como desistido de la solicitud.

    En la constitución de las garantías, es recomendable que los resguardos de constitución de garantías se presenten por importe redondeado al euro al alza (es decir, si el importe exigido es de 20.875,20 euros, es recomendable, aunque no es obligatorio, presentar el resguardo por importe de 20.876 euros).

  5. En todos los resguardos de constitución de garantías deben aparecer:
  6. 3. Presentación del dictamen DNSH de “NO CAUSAR UN PERJUICIO SIGNIFICATIVO”:

    Asimismo, para ser beneficiario, deberá presentar en un plazo improrrogable de 15 días hábiles desde la publicación en el expediente electrónico de la propuesta de resolución definitiva, el dictamen emitido por una entidad de validación acreditada por ENAC en el “Esquema de Acreditación de organismos de verificación y validación para el cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significativo al medioambiente” (DNSH)” (RDE-31) o por una entidad y esquema equivalentes de otro Estado Miembro de la Unión Europea, en el que se acredite que el proyecto para el que se ha solicitado financiación cumple con el principio de no causar un perjuicio significativo (“DNSH”), según se establece en el artículo 25.3 de la Orden ICT/789/2021, de 16 de julio, modificada por la ICT/309/2022, de 31 de marzo.

    Dicho dictamen contendrá el informe completo de valoración emitido por la entidad de validación. En caso de no remitirse el informe completo en el plazo establecido para ello, podrá considerarse que no se ha cumplido con el requisito establecido en el artículo 25.3 de la Orden ICT/789/2021, de 16 de julio, modificada por la ICT/309/2022, de 31 de marzo.

    La no presentación del dictamen DNSH o del resguardo de constitución de garantías correspondiente a cualquier modalidad y cuantía de la ayuda propuesta en el plazo establecido para ello, tendrá como efecto la consideración del proyecto afectado como desistido.

    4. Cumplimiento de las condiciones para adquirir la condición de beneficiario:

    En aquellos casos en los que haya variado alguna circunstancia en cuanto a las siguientes condiciones que se señalan a continuación, y de obligado cumplimiento para adquirir la condición de beneficiario, respecto a las acreditadas en el momento de la solicitud, se concederá un plazo de 10 días, para que los solicitantes actualicen la información aportada.

    1. Cumplimiento de obligaciones tributarias, forales (en su caso) y frente a la Seguridad Social.
    2. No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, ni estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado un apoyo financiero ilegal e incompatible con el mercado común.
    3. Estar al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
    4. No estar incurso en ninguna de las prohibiciones a las que se refiere el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 26 y 27 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

      Los párrafos b, c y d anteriores podrán acreditarse por medio de Declaración Responsable del solicitante.

    Declaraciones responsables

    Los pasos a seguir para enviar las declaraciones responsables requeridas son los siguientes:

    1. Utilizando los formularios accesibles en los enlaces inferiores, generar los ficheros PDF con el contenido de las declaraciones. Estos mismos ficheros son los que deben usarse en los pasos siguientes, no deben modificarse ni ser firmados a mano.
    2. Se deberán firmar electrónicamente los ficheros PDF correspondientes a sus declaraciones con la utilidad Autofirma (verifique que está configurada según instrucciones indicadas en la página) obteniendo un fichero XSIG para cada uno de ellos.
    3. El solicitante al realizar la aceptación, adjuntará todos los ficheros XSIG que le sean requeridos.

    Declaración de la entidad de no tener trabajadores a su cargo

    Obtención de otra financiación pública:

    En cualquier momento del procedimiento, el solicitante deberá comunicar al órgano instructor, en su caso y tan pronto como tengan conocimiento de ello, la obtención de otra financiación pública para la ejecución de las actividades para las que se ha concedido financiación.

    Toda la documentación requerida deberá enviarse a través del registro electrónico del Ministerio.

    Listados de solicitudes estimadas, desestimadas y desistidas

    Solicitudes incluidas como beneficiarios en la propuesta de resolución definitiva de concesión

    Detectado error material en el listado de solicitudes estimadas publicado con fecha 8/11/2022, se procede a la corrección del mismo. Este listado reemplaza al anterior

    Listado de solicitudes estimadas en Comité Ejecutivo [PDF] [631 KB]

    Solicitudes en lista de espera en la propuesta de resolución definitiva de concesión:

    Listado de solicitudes en lista de espera en Comité Ejecutivo [PDF] [580 KB]

    Solicitudes desestimadas en la propuesta de resolución definitiva de concesión:

    Listado de solicitudes desestimadas en Comité Ejecutivo rev.1 [PDF] [634 KB] Este listado sustituye al publicado anteriormente el 08/11/2022 por detectarse que estaba incompleto.

    Solicitudes desistidas en la propuesta de resolución definitiva de concesión

    Listado de solicitudes desistidas en Comité Ejecutivo [PDF] [591 KB]