El plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas será desde el día 6 de mayo de 2013 hasta el día 31 de octubre de 2013 en caso de vehículos matriculados y hasta el 31 de agosto en el caso de vehículos pendientes de matricular, o en ambos casos, hasta el agotamiento de los fondos si esta circunstancia se produjera con anterioridad.
Sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en el registro electrónico del Ministerio antes de las 00:00 horas del último día de plazo de presentación (hora oficial española). En ese momento, debido a la diferencia horaria con el resto de España, en Canarias serán las 23:00 horas del último día de plazo.
En otras palabras: en Canarias el plazo de presentación de solicitudes finalizará a las 23:00 horas del último día de plazo (hora insular canaria).
La solicitud se rellenará con la aplicación informática prevista para ello y se enviarán telemáticamente mediante dicha aplicación, con firma electrónica avanzada, no siendo admisible su presentación en papel, disquete, CD u otro tipo de soporte físico, y deberá incorporar los siguientes archivos:
Descarga de la aplicación informática
Será necesario disponer de un certificado digital válido (DNI electrónico, certificado instalado en el navegador, etc…) para acceder a la aplicación. El usuario quedará identificado en la aplicación como solicitante a través de dicho certificado electrónico.
La documentación aportada junta con la solicitud se presentará en archivos cuyo tamaño máximo no superará los 4 MB y deben estar en formato .pdf o .jpg.
Podrá consultar el siguiente documento para la solicitud de ayudas:
Manual de Usuario GESAVE. Gestión Extranet [PDF] [1091 KB]
El sistema permite a los ciudadanos (ya sean personas físicas o jurídicas) solicitar la subvención para su vehículo eléctrico pendiente de matricular, siempre que no se haya consumido el límite de la ayuda y que no se haya superado la fecha límite para este tipo de solicitudes (31 de agosto de 2013).
Estas solicitudes quedarán en estado 'Pendiente de Matricular' hasta que se cumplimente la información de matrícula y la documentación requerida para poder enviar la solicitud completa, en un plazo máximo de 60 días desde el envío de la solicitud.
Es imprescindible la firma electrónica de la solicitud, por lo que el solicitante de la ayuda debe acceder con su certificado electrónico.
Las personas físicas solo podrán tener un máximo de tres solicitudes de vehículos no matriculados registradas simultáneamente. Es decir, si tienen tres solicitudes con vehículos sin matricular en estado "Pendiente de cumplimentación", no podrán registrar ninguna otra de éste tipo hasta que no se matricule alguno de los vehículos y se complete la solicitud correspondiente. Para el caso de entidades mercantiles y profesionales autónomos, ese límite será de 15 solicitudes.
Una vez que el solicitante ha enviado una solicitud de subvención para un vehículo pendiente de matricular, debe acceder a la aplicación para completarla en el plazo de 60 días naturales.
El solicitante de la ayuda debe acceder con su certificado electrónico, el mismo con el que se realizó la solicitud de subvención, para entrar en la aplicación y firmar la cumplimentación de la solicitud.
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