Publicación de la resolución de concesión de la Convocatoria THD- 1/2019 de ayudas para la realización de proyectos en el marco de la Orden ECE/143/2019, de 11 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas en el ámbito de las Tecnologías Habilitadoras Digitales, dentro del Plan de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020 en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital y del Subprograma Estatal de impulso a las Tecnologías Habilitadoras (BOE 16/02/2019).
Con la presente publicación, la Secretaría de Estado para el Avance Digital, de acuerdo al apartado Decimocuarto de la convocatoria y al artículo 25 de la Orden ECE/143/2019 notifica la Resolución de Concesión (RC).
Todo el contenido que aparece en la RC es vinculante e implica:
Ejecutar el proyecto en las condiciones establecidas en la Resolución de Concesión (RC), aunque se haya reducido el presupuesto.
Ejecutar el proyecto en plazo (verificar la fecha de finalización en el anexo I de la RC).
Cumplir con las condiciones técnico-económicas particulares (anexo II) y presupuesto financiable por conceptos (anexo III).
Solicitar, en caso de ser necesario, la autorización de las subcontrataciones, dado que en esta PRP no se autoriza ningún contrato de subcontratación.
Llevar un registro contable diferenciado de los gastos del proyecto.
Constituir las garantías exigidas
Realizar las Justificaciones, y permitir las auditorías propuestas y el acceso al resultado del proyecto.
No cofinanciar este proyecto con otras ayudas públicas.
NOTA: Durante la ejecución del proyecto se podrán realizar modificaciones solicitándose con, al menos, un mes de antelación y en algunos casos, tendrán que ser autorizadas.
IMPORTANTE: El pago de la ayuda se realiza de forma anticipada y por el total de la misma tras la publicación de la Resolución de Concesión.
El pago está condicionado a la presentación de garantías y al cumplimiento de todos los requisitos señalados en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (artículo 34.5)