El pago de la ayuda se realiza de forma anticipada y por el total de la misma tras la publicación de la Resolución de Concesión.
El pago está condicionado a la presentación de garantías y al cumplimiento de todos los requisitos señalados en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (artículo 34.5)
Para poder realizar el pago, la cuenta bancaria facilitada en la aceptación de la ayuda debe estar dada de alta ante la Dirección General del Tesoro.