Notificación de la propuesta de resolución definitiva del procedimiento de concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización y fortalecimiento de la competitividad industrial en el año 2020, Orden ICT/778/2020, de 4 de agosto.
Fecha de la publicación: 4 de noviembre de 2020
La Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, a la vista de los acuerdos adoptados por la Comisión Ejecutiva, ha acordado elevar a definitivo el resultado propuesto sobre las alegaciones presentadas por los solicitantes a la propuesta de resolución provisional de la convocatoria y ha formulado Propuesta de Resolución Definitiva del Programa de Fomento de la Competitividad Industrial y Reindustrialización 2020.
Los solicitantes pueden acceder a la notificación individual de su expediente a través del registro electrónico del modo previsto en el art. 14 de la Orden ICT/778/2020, de 4 de agosto.
NOTA: Solo se notifica propuesta de resolución definitiva a las solicitudes estimadas.
Listado de solicitudes estimadas en la propuestas de resolución definitiva de concesión [PDF] [110 KB]
Listado de solicitudes desestimadas en la propuestas de resolución definitiva de concesión [PDF] [73 KB]
Una vez recibida la Propuesta Definitiva de Concesión, las entidades solicitantes deberán atenerse a los siguientes plazos:
Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación en registro electrónico, para aceptar o rechazar la financiación propuesta, así como para presentar la situación actualizada de las inversiones y gastos realizados hasta la fecha de aceptación, siguiendo las instrucciones y formulario indicado en la Guía de Procedimiento que se encontrará disponible en el Portal de Ayudas del Ministerio, entendiéndose que se renuncia a la propuesta de no producirse aceptación en dicho plazo, o no se presente la justificación de inversiones y gastos realizados.
Las aceptaciones o desistimientos a las propuestas se presentarán con firma electrónica. Para ello deberá acceder a su expediente en el registro electrónico y utilizar el botón "Presentar Documentación", que le permitirá acceder al formulario de aceptación, desistimiento. Desde ahí podrá aportar la documentación requerida.
Si el acceso al registro electrónico lo realiza con certificado digital, tiene que acceder a su expediente a través de la pestaña Expedientes y pulsar en el icono de la lupa que aparece a la derecha del nombre del expediente. Una vez que haya accedido al detalle de su expediente verá el botón "Presentar Documentación".
Caso de representación mancomunada
En caso de que la entidad tenga representantes mancomunados, la persona que firme el envío telemático debe ser el representante que se consignó en primer lugar en la solicitud.
Además, se deberá descargar el archivo "Aceptación de financiación para representantes mancomunados” de la Propuesta de Resolución, que deberá ser firmado electrónicamente por todos los representantes mancomunados mediante la herramienta Autofirma, y enviar en el mismo plazo de 10 días hábiles (utilizando el botón “Anexar Fichero” que aparece en la pantalla “Aceptación de Financiación Propuesta”), el archivo en formato *.xsig. La herramienta Autofirma, debe estar configurada siguiendo las instrucciones publicadas en la sede electrónica del Ministerio.
ESTE TRÁMITE ES IMPRESCINDIBLE PARA PODER ACCEDER A LA FINANCIACIÓN SOLICITADA, aunque a fecha de aceptación no se disponga del resguardo de garantía.
Junto con la ACEPTACIÓN, deberá presentar la situación actualizada de las inversiones y gastos realizados hasta la fecha de aceptación, siguiendo las instrucciones y formulario indicado en la Guía de Procedimiento que se encontran disponibles en el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Para su comodidad puede descargarse el modelo de ficha de situación actualizada de inversiones y gastos en el siguiente enlace:
Ficha de situación actualizada de inversiones y gastos [ODS] [111 KB]
ESTE TRÁMITE ES IMPRESCINDIBLE PARA PODER ACCEDER A LA FINANCIACIÓN SOLICITADA.
Se exigirá antes de la resolución de concesión del préstamo, la presentación de resguardo de constitución de garantía ante la Caja General de Depósitos, en cualquiera de las modalidades aceptadas conforme a la normativa de la citada Caja (Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos y la Orden por la que se desarrolla, del Ministerio de Economía y Hacienda, de 7 de enero de 2000, modificada por la Orden ECO/2120/2002, de 2 de agosto) y con los requisitos establecidos para la misma, por importe total del 20 % del préstamo concedido, estableciéndose un plazo de 15 días hábiles para presentarla a contar desde el siguiente al de esta notificación, tal y como establece el artículo 12 de la Orden ICT/778/2020, de 4 de agosto. La falta de constitución y acreditación ante el órgano competente de la garantía tendrá como efecto la consideración del solicitante como desistido de la solicitud.
ESTE TRÁMITE ES IMPRESCINDIBLE PARA PODER ACCEDER A LA FINANCIACIÓN SOLICITADA.
Los modelos se encuentran disponibles en el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Para su comodidad puede descargarse los modelos en los siguientes enlaces:
Modelo de aval [DOCX] [130 KB]
Se realizará exclusivamente a través del trámite “ENVÍO RESGUARDOS DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS”.
IMPORTANTE: EN CASO DE NO REALIZARSE ALGUNO DE LOS TRÁMITES ANTERIORES EN EL PLAZO ESTABLECIDO PARA ELLO, SE TENDRÁ POR DESISTIDA LA SOLICITUD.
En aquellos casos en los que haya variado alguna circunstancia en cuanto a las siguientes condiciones que se señalan a continuación, y de obligado cumplimiento para adquirir la condición de beneficiario, respecto a las acreditadas en el momento de la solicitud, se concederá un plazo de 10 días, para que los solicitantes actualicen la información aportada.
Los párrafos b), c) y d) anteriores podrán acreditarse por medio de Declaración Responsable del solicitante.
Los pasos a seguir para enviar las declaraciones responsables requeridas son los siguientes:
Declaración de la entidad de no tener trabajadores a su cargo
Obtención de otra financiación pública:En cualquier momento del procedimiento, el solicitante deberá comunicar al órgano instructor, en su caso y tan pronto como tengan conocimiento de ello, la obtención de otra financiación pública para la ejecución de las actividades para las que se solicita financiación.
Toda la documentación requerida deberá enviarse a través del registro electrónico del Ministerio.
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