Concesión

Convocatoria 2019: Propuesta de Resolución Provisional

Notificación de la propuesta de resolución provisional del procedimiento de concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización y fortalecimiento de la competitividad industrial en el año 2019, Orden de 19 de septiembre de 2019.

Fecha de la publicación: 14 de febrero de 2020

La Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa ha formulado Propuesta de Resolución Provisional de los Programas de Fomento de la Competitividad Industrial y Reindustrialización 2019, a la vista de los acuerdos adoptados por la Comisión de Evaluación, reunida el día 12 de febrero de 2020.

Dicha Propuesta se notifica a los solicitantes a través del registro electrónico.

Instrucciones tras recibir la Propuesta Provisional en la convocatoria RCI 2019

Caso de haber recibido la PROPUESTA PROVISIONAL DENEGATORIA:

  • Tras haber recibido una Propuesta Provisional Denegatoria, podrán presentar alegaciones a la citada propuesta a través de su expediente electrónico en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación de la misma.
  • En el caso de no presentar alegaciones a la propuesta provisional denegatoria, una vez finalizada la tramitación posterior de la convocatoria, se notificará la Resolución Denegatoria.
  • Tienen la posibilidad de desistir de la solicitud en cualquier momento, presentando un Escrito de Desistimiento Expreso a través del expediente electrónico.

Caso de haber recibido PROPUESTA PROVISIONAL DE CONCESIÓN:

  • Tras haber recibido una Propuesta Provisional de Concesión, pueden darse dos casos:
    1. En el caso de querer presentar alegaciones a la citada propuesta, podrán hacerlo a través de su expediente electrónico en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación de la misma.
    2. En el caso de no presentar alegaciones, no tendrán que hacer ningún trámite a este respecto, salvo lo establecido a continuación:
  • En todos los casos en los que se haya recibido Propuesta Provisional de Concesión, presenten o no alegaciones a la misma, deberán:

    Cuando haya variado alguna circunstancia en cuanto a las siguientes condiciones de obligado cumplimiento para adquirir la condición de beneficiario, respecto a las acreditadas en el momento de la solicitud, deberán actualizar en un plazo máximo de 10 días la siguiente información:

    1. Cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
    2. No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, ni estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado un apoyo financiero ilegal e incompatible con el mercado común.
    3. Estar al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
    4. No estar incurso en ninguna de las prohibiciones a las que se refiere el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 26 y 27 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
    5. Los párrafos b), c) y d) anteriores podrán acreditarse por medio de Declaración Responsable del solicitante.

Además, el solicitante deberá comunicar la obtención de otra financiación pública para la ejecución de las actividades para las que se solicita financiación.

Obligación de aceptación y constitución de garantías

La aceptación de la propuesta y la presentación de garantías no son obligatorias hasta después de recibir la Propuesta Definitiva de Concesión.

Les recordamos que, una vez recibida la Propuesta Definitiva de Concesión, las entidades solicitantes deberán atenerse a los siguientes plazos:

  • Aceptación de la Propuesta Definitiva: en un plazo 10 días hábiles desde la notificación. Se hará a través del expediente electrónico mediante el trámite de ACEPTACIÓN DE CONCESIÓN. Este trámite es imprescindible para poder acceder a la financiación solicitada, aunque a fecha de aceptación no se disponga de los avales necesarios. Dispondrán de 5 días hábiles adicionales para presentar el resguardo de constitución de garantía.
  • Presentación de garantías: deberá realizarse en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la notificación. Se realizará exclusivamente a través del trámite “ENVÍO RESGUARDOS DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS”.

En caso de no realizarse alguno de los trámites anteriores en el plazo establecido para ello, se tendrá por desistida la solicitud.

Información adicional sobre las garantías a presentar

A título informativo, se comunica que según lo establecido en el artículo 10 de la Orden ICT/1100/2018, de 18 de octubre, modificada por la Orden ICT/768/2019, de 11 de julio, el porcentaje de garantía que deberá constituir ante la Caja General de Depósitos bajo la modalidad de “Avales prestados por entidades de crédito o sociedades de garantía recíproca”, si resultara propuesto como beneficiario en la propuesta de resolución definitiva, es de un % del préstamo propuesto definitivo, en función de la clasificación obtenida por el beneficiario según la metodología descrita en el anexo II de la citada Orden.

Las garantías se dividirán en dos tramos: uno que cubrirá el principal del préstamo, y que se cancelará por tramos según se produzcan los reembolsos de principal, una vez que el importe de capital pendiente de devolución sea igual o inferior al importe garantizado; y otro que cubrirá los intereses financieros, y que se cancelará por tramos según se produzcan los reembolsos de interés financiero, una vez que el importe de interés financiero pendiente de devolución sea igual o inferior al importe garantizado.

Modelo Aval [DOCX] [130 KB]

Modelo Aval [PDF] [149 KB]

Una vez localizado su expediente en los enlaces del final de esta página, podrá acceder con o sin certificado digital a su expediente en el registro electrónico y desde allí podrá acceder a la propuesta de resolución provisional y aportar la documentación requerida o efectuar alegaciones, utilizando el botón "Presentar Documentación" y eligiendo a continuación la opción deseada.

Cualquier tipo de respuesta por parte del solicitante, debe realizarse a través del registro electrónico del Ministerio. Una vez resueltas las alegaciones que se formulen, se publicará en esta misma dirección de Internet la propuesta de resolución definitiva que será notificada a los interesados propuestos como beneficiarios.

Listas de solicitudes incluidas como beneficiarios en la propuesta de resolución provisional de concesión:

Listado de solicitudes estimadas [PDF] [575 KB]

Listas de solicitudes desestimadas en la propuesta de resolución provisional de concesión:

Listado de solicitudes desestimadas [PDF] [84 KB]