Concesión

Convocatoria 2022: Nueva Propuesta Resolución Definitiva

Notificación de la propuesta de resolución definitiva  formulada tras la reevaluación prevista en el artículo 23.3 de la Orden ICT/209/2022, de 17 de marzo, para la concesión de ayuda a actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del proyecto estratégico para la recuperación y transformación económica en el sector del vehículo eléctrico y conectado (PERTE VEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el año 2022 (orden ICT/1466/2021 de 23 de diciembre modificada por la ICT/209/2022, de 17 de marzo y por la ICT/359/2022 de 25 de abril).

Fecha de la publicación: 21 de diciembre de 2022

Tras la revisión de las alegaciones presentadas a la nueva propuesta de resolución provisional formulada en virtud del artículo 23.3 de la Orden ICT/209/2022, de 17 de marzo, y a la vista de los acuerdos adoptados por la Comisión de Evaluación en su reunión de fecha 21 de diciembre de 2022, la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa ha formulado Propuesta de Resolución Definitiva, sujeta a la existencia de disponibilidades presupuestarias, a las actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del proyecto estratégico para la recuperación y transformación económica en el sector del vehículo eléctrico y conectado (PERTE VEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el año 2022.

Dicha Propuesta se notifica a los Interlocutores con la Administración a través del registro electrónico.

Con esta notificación se inicia el plazo para que las agrupaciones, a través de los interlocutores con la Administración, comuniquen su aceptación o renuncia a la ayuda propuesta en un plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación en registro electrónico.

INSTRUCCIONES EN RELACIÓN CON EL TRÁMITE DE ACEPTACIÓN

  1. Agrupaciones en las que no se hubieran producido cambios con respecto a la propuesta de resolución definitiva publicada antes de la reevaluación del proyecto tractor.

    En los casos en los que esta nueva propuesta de resolución definitiva publicada con no hubiera sufrido cambio alguno con respecto a la propuesta de resolución definitiva publicada antes de la reevaluación prevista en el artículo 23.3 de la Orden ICT/209/2022, de 17 de marzo, no será necesario realizar este trámite pues se consideran válidas las aceptaciones remitidas.

  2. Agrupaciones en las que se hubieran producido cambios con respecto a la propuesta de resolución definitiva publicada antes de la reevaluación del proyecto tractor.

    Las agrupaciones que sí hubieran sufrido cambios con respecto a la propuesta de resolución definitiva publicada antes de la reevaluación del proyecto tractor, una vez recibida la notificación de la propuesta de resolución definitiva, deberán atenerse a los siguientes plazos:

    Aceptación de la nueva Propuesta de Resolución Definitiva: en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la publicación de la notificación en el registro electrónico.

    ESTE TRÁMITE ES IMPRESCINDIBLE PARA PODER ACCEDER A LA FINANCIACIÓN SOLICITADA En el caso de que no se remitiesen los modelos de aceptación actualizados firmados por los representantes con poder suficiente de cada una de las entidades de la agrupación propuestas como beneficiarias en la propuesta de resolución definitiva del proyecto tractor, se entenderá que la agrupación al completo renuncia a la ayuda. Asimismo, en ausencia de respuesta en el plazo establecido para ello, esta propuesta de resolución definitiva, se entenderá que la agrupación al completo renuncia a la ayuda propuesta.

Cómo firmar el modelo y remitir la aceptación:

El modelo actualizado de aceptación se descargará en formato no editable del expediente electrónico y deberá remitirse exclusivamente a través del registro electrónico firmado electrónicamente con certificado electrónico cualificado, en formato .xsig y utilizando exclusivamente la aplicación Autofirma.

Cada entidad propuesta como beneficiaria deberá firmar un modelo de aceptación y remitirlo al interlocutor de su agrupación. En casos en los que una entidad tenga firma mancomunada, el modelo de aceptación correspondiente a dicha entidad deberá contener la firma de todos los representantes mancomunados. 

Todas y cada una de las entidades de la agrupación que hayan sido propuestas como beneficiarias deberán haber firmado el modelo de aceptación y deberán remitir al Interlocutor el documento firmado electrónicamente por el/los representante/s con poder suficiente de dicha entidad, con certificado electrónico cualificado, en formato .xsig y utilizando exclusivamente la aplicación Autofirma.

El modelo actualizado de aceptación será el mismo para cada entidad propuesta como beneficiaria dentro del proyecto tractor y podrá descargarse del expediente electrónico.

Importante: Documentos que deben acompañar a la aceptación actualizada

 En el caso de que alguno de los firmantes del modelo actualizado de aceptación no coincidiera con el firmante de la aceptación a la propuesta de resolución definitiva publicada antes de la reevaluación del proyecto tractor, la entidad afectada deberá remitir al interlocutor los documentos que deberán acompañar a la aceptación la acreditación válida del poder del firmante. En relación con las cuentas reconocidas en el Tesoro en las que cada entidad desea recibir el ingreso y la declaración de ausencia de conflicto de interés, no es necesario remitirlas de nuevo, salvo que se hubieran producido cambios con respecto a lo presentado en respuesta a la propuesta de resolución definitiva publicada antes de la reevaluación del proyecto tractor. En caso de ser necesario, el modelo de “Declaración de ausencia de conflicto de interés” podrá descargarse en formato editable desde el Portal de Ayudas. En caso contrario, no será necesario remitirlo de nuevo.

El interlocutor designado por la agrupación deberá presentar, dentro del plazo establecido para ello (10 días hábiles desde la propuesta de resolución definitiva), todos los modelos de aceptación firmados electrónicamente por los representantes de todas las entidades propuestas como beneficiarias, así como la documentación de cada entidad que acompaña a dicha aceptación.

Asimismo, sólo en el caso de haberse producido algún cambio con respecto al listado de datos bancarios remitido en respuesta a la propuesta de resolución definitiva publicada antes de la reevaluación del proyecto tractor, deberá el Interlocutor remitir nuevamente el listado cuya versión editable podrá descargar del expediente electrónico, cumplimentado incluyendo los datos bancarios de cada entidad de la agrupación con ayuda propuesta.

Al finalizar el plazo de aceptación (10 días hábiles desde la publicación de la notificación de la propuesta de resolución definitiva), deberán haberse remitido los modelos de aceptación y, en caso de ser necesario, el listado de datos bancarios actualizado y la documentación anexa correspondientes a todas las entidades propuestas como beneficiarias.

En el expediente electrónico del proyecto tractor, el interlocutor con la administración podrá acceder directamente al trámite a través del enlace para DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA.

El trámite se mantendrá abierto hasta el fin del nuevo plazo de aceptación, de manera que se podrán remitir las aceptaciones actualizadas y documentación asociada de cada entidad en varias sesiones.

En caso de ser requerido en la propuesta de resolución definitiva o en caso de ser necesario, deberán adjuntarse con la aceptación de cada entidad de la agrupación propuesta como beneficiaria, todos o algunos de los siguientes documentos:

  • Copia escaneada de la certificación de que la entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a la Hacienda Estatal, la Hacienda Foral o la Tesorería General de la Seguridad Social (si en el anexo I de esta notificación de propuesta de resolución definitiva se indica “debe aportar certificado” del cumplimiento de alguna de estas obligaciones).
  • Acreditación del estar al corriente de pago de obligaciones relativas al reintegro de subvenciones.
  • Declaración de no tener trabajadores a su cargo.
  • Declaración de otros ingresos o ayudas que afecten a alguno de los proyectos primarios en los que participa.
  • Otros documentos: entre ellos, documento en Excel con las referencias IBAN de las cuentas corrientes de las entidades propuestas como beneficiarias en la DG del Tesoro, según el anexo publicado en el expediente electrónico de cada tractor.

 

Adicionalmente,deberá remitir al interlocutor los documentos que deberán acompañar a la aceptación, entre los que están:

  • Acreditación válida del poder del firmante, si no se remitió con la solicitud o si el firmante es diferente:
  • Número IBAN de la cuenta reconocida en el Tesoro en la que la entidad desea recibir el ingreso;
  • Declaración de ausencia de conflicto de interés”, en cumplimento de lo establecido en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, firmada electrónicamente por la persona con poder suficiente para ello, con certificado electrónico cualificado y con la aplicación Autofirma (en formato .xsig) (el modelo en versión editable se encuentra disponible en esta misma página);

    Modelo DACI: Anexo II [DOCX] [1.162KB]

En caso de ser requerido en la propuesta de resolución definitiva o en caso de ser necesario, deberán adjuntarse con la aceptación de cada entidad de la agrupación propuesta como beneficiaria, todos o algunos de los siguientes documentos:

  • Copia escaneada de la certificación de que la entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a la Hacienda Estatal, la Hacienda Foral o la Tesorería General de la Seguridad Social (si en el anexo I de esta notificación de propuesta de resolución definitiva se indica “debe aportar certificado” del cumplimiento de alguna de estas obligaciones).
  • Acreditación del estar al corriente de pago de obligaciones relativas al reintegro de subvenciones.
  • Declaración de no tener trabajadores a su cargo.

    Los pasos a seguir para enviar las declaraciones responsables son los siguientes:

    1. Utilizando el formulario accesible desde este enlace (Declaración de la entidad de no tener trabajadores a su cargo), generar los ficheros PDF con el contenido de las declaración. Estos mismos ficheros son los que deben usarse en los pasos siguientes, no deben modificarse ni ser firmados a mano.
    2. Se deberán firmar electrónicamente los ficheros PDF correspondientes a sus declaraciones con la utilidad Autofirma (verifique que está configurada según instrucciones indicadas en la página) obteniendo un fichero XSIG para cada uno de ellos.
    3. El solicitante al realizar la aceptación, adjuntará todos los ficheros XSIG que le sean requeridos.
  • Declaración de otros ingresos o ayudas que afecten a alguno de los proyectos primarios en los que participa.
  • Otros documentos: entre ellos, documento en Excel con las referencias IBAN de las cuentas corrientes de las entidades propuestas como beneficiarias en la DG del Tesoro, según el anexo publicado en el expediente electrónico de cada tractor.

El interlocutor designado por la agrupación deberá presentar, dentro del plazo establecido para ello (10 días hábiles desde la propuesta de resolución definitiva)todos los modelos de aceptación firmados electrónicamente por los representantes de todas las entidades propuestas como beneficiarias, así como la documentación de cada entidad que acompaña a dicha aceptación. 

Asimismo, el Interlocutor deberá remitir a través del registro electrónico, el listado cumplimentado con los datos bancarios de cada entidad de la agrupación con ayuda propuesta.

Al finalizar el plazo de aceptación (10 días hábiles desde la publicación de la notificación de la propuesta de resolución definitiva), deberán haberse remitido los modelos de aceptación, el listado de datos bancarios cumplimentado y la documentación anexa correspondientes a todas las entidades propuestas como beneficiarias.

En el expediente electrónico del proyecto tractor, el interlocutor con la administración podrá acceder directamente al trámite a través del enlace para DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA.

El trámite se mantendrá abierto hasta el fin del plazo de aceptación, de manera que se podrán remitir las aceptaciones y documentación asociada de cada entidad en varias sesiones.

INSTRUCCIONES EN RELACIÓN CON LAS GARANTÍAS A APORTAR:

  1. Agrupaciones en las que NO SE REQUIERESN GARANTÍAS ADICIONALES a la propuesta de resolución definitiva previa a la reevaluación del proyecto tractor.

    Para las agrupaciones en las que no se hubieran producido cambios con respecto a la propuesta de resolución definitiva anterior a la reevaluación del proyecto tractor, los resguardos de constitución de garantías ni dictámenes DNSH remitidos por la agrupación son válidos a efectos del procedimiento y para esta fase, por lo que no es necesario presentar nueva documentación al respecto.

  2. Agrupaciones en las que SE REQUIERAN GARANTÍAS ADICIONALES a la propuesta de resolución definitiva previa a la reevaluación del proyecto tractor.

    Una vez recibida la notificación de la nueva propuesta de resolución definitiva, las agrupaciones en las que se hayan requerido garantías adicionales deberán presentar los resguardos de constitución de las mismas en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la publicación de la notificación en el expediente electrónico.

    ESTE TRÁMITE ES IMPRESCINDIBLE PARA PODER ACCEDER A LA FINANCIACIÓN SOLICITADA

    El interlocutor deberá remitir a través del expediente electrónico todos los resguardos de constitución de garantías requeridos para el proyecto tractor.

    El trámite para la presentación de los resguardos de constitución de garantías en el expediente electrónico es ENVÍO RESGUARDOS DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS y permanecerá abierto hasta el fin del plazo establecido para ello, de manera que el interlocutor podrá remitir los resguardos correspondientes a cada entidad, proyecto primario y modalidad de ayuda en diferentes sesiones.

    Los importes de garantía adicionales correspondientes a cada entidad, proyecto primario y modalidad de ayuda se detallan en la notificación de la nueva propuesta de resolución definitiva.

    Es recomendable que los resguardos de constitución de garantías se presenten por importe redondeado al euro al alza (es decir, si el importe exigido es de 20.875,20 euros, es recomendable presentar el resguardo por importe de 20.876 euros).

    Deben presentarse los resguardos de constitución de garantías adicionales emitidos por la Caja General de Depósitos, en ningún caso los avales emitidos por entidades financieras o de reafianzamiento, los contratos de seguros de caución o cualquier otro documento.

    La Caja General de Depósitos, una vez constituidas las garantías en cualquiera de las modalidades aceptadas, emitirá un resguardo de constitución de garantías que será el que deba remitir el Interlocutor a través del registro electrónico.

    En todos los resguardos de constitución de garantías deben aparecer:

    • En NORMAS QUE IMPONEN CONSTITUIR ESTA GARANTÍA: debe indicarse código 0260 y referencia: L 38/2003, 17-11, General de subvenciones.
    • En FINALIDAD: debe indicarse, según corresponda, “subvención anualidad 2022 expediente (número de expediente primario)” o “préstamo anualidad 2022 expediente (número de expediente primario)”
    • En CÓDIGO EXPEDIENTE debe indicarse el código de expediente primario
    • En AUTORIDAD A CUYA DISPOSICIÓN SE CONSTITUYE debe indicarse:
      1. CIF/NIF: S2800214E
      2. DENOMINACIÓN: MINISTERIO DE INDUSTRIA COMERCIO Y TURISMO
    • Para constitución de garantías en forma de aval, los modelos de aval pueden descargarse de los siguientes enlaces:

      Modelo de aval Préstamo [DOCX] [130 KB]

      Modelo de aval Préstamo [PDF] [149 KB]

      Modelo de aval Subvención [DOCX] [130 KB]

      Modelo de aval Subvención [PDF] [149 KB]

    IMPORTANTE: Cualquier error en la constitución de las garantías puede llevar a la no aceptación de la misma.

    Asimismo, la no presentación del resguardo de constitución de garantías válido, en plazo y por el importe exigido para cualquier modalidad de ayuda en cualquier proyecto primario supondrá la consideración del proyecto primario afectado como desistido en su totalidad, al haberse reevaluado una vez, tal como se establece en el artículo 23.3 de la Orden ICT/209/2022, de 17 de marzo.

INSTRUCCIONES EN RELACIÓN CON LA PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN DE "NO CAUSAR UN PERJUICIO SIGNIFICATIVO":

En ningún caso es necesaria la presentación de nuevos dictámenes de cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente.

Toda la documentación requerida deberá enviarse a través del registro electrónico del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Al final de esta página se proporciona un listado de proyectos tractores estimados y desestimados en propuesta de resolución definitiva tras la reevaluación prevista en el artículo 23.3 de la Orden ICT/209/2022. 

Propuesta Definitiva Global

Propuesta Definitiva Global [PDF] [342 KB]