Preguntas Frecuentes

Preguntas frecuentes de: Evaluación Económica

¿Se podrá solicitar sólo subvención?

En función del tipo de entidad (pequeña, mediana o gran empresa) y del tipo de proyecto, el artículo 22 establece unos % mínimos del importe a conceder del total de ayuda que ha se ser en forma de préstamo

¿Hay un importe máximo de ayuda para empresas, grupos o proyectos tractores?
Sí. Por grupo empresarial: El importe máximo de ayuda concedida en cualquier forma para un mismo grupo empresarial en el conjunto de proyectos primarios y tractores en el que participe, no podrá superar el 15% del presupuesto total del programa. Por empresa y proyecto primario: el importe máximo de ayuda equivalente a percibir por entidad y proyecto primario depende de la tipología de proyecto y del tamaño de la empresa. El artículo 22.5 de la Orden ICT/738/2022, de 28 de julio detalla este extremo.
¿En caso de que una sociedad no llegue al umbral de elegibilidad de 15 puntos en viabilidad económica, ¿hay manera de hacer algo?
No hay umbral para las entidades sino para el global de la agrupación. Se obtendrá como la media ponderada al presupuesto financiable, de la viabilidad económica y financiera aplicada a cada entidad jurídica según la metodología establecida en el apartado A.4) del anexo VI de la convocatoria. La puntuación obtenida total de la agrupación debe de alcanzar un mínimo de 15 puntos para cumplir con este criterio. En caso de no superar el citado umbral, a las entidades de la agrupación con una puntuación menor de 15 puntos, se les minorará el presupuesto financiable, hasta un máximo del 50 por ciento de minoración, comenzando por la de menor puntuación, en los proyectos primarios en los que tiene menor puntuación (según el criterio F), hasta que se alcance el umbral de 15 puntos. Si pese a ello, la viabilidad económica-financiera de la agrupación no supera el citado umbral, se entenderá que la agrupación no cumple con este criterio excluyente.
¿Pueden formar parte de la agrupación empresas de nueva constitución? ¿Podrán recibir ayudas?
Pueden formar parte de la misma y podrán recibir ayudas, pero los importes de las garantías que se les exigirán serán mayores que en el resto de casos. En la Orden de Convocatoria pueden revisar esta información.
En la Orden de Bases se recoge que el importe nominal del préstamo a conceder no podrá superar en 5 veces los fondos propios de la entidad en el último ejercicio cerrado. ¿Puede una empresa de nueva creación llevar a cabo una ampliación de capital para incrementar el importe del préstamo a percibir?
No; en el caso de empresas de reciente creación que no dispongan, en el momento de presentación de la solicitud, de cuentas anuales depositadas en el registro correspondiente de ningún ejercicio anterior, este límite se referirá al importe de los fondos propios a fecha de presentación de la solicitud, para lo que deberán aportar documento público acreditativo de los fondos propios debidamente inscrito en el registro que corresponda. A este respecto, se entenderá por fondos propios la definición recogida en el anexo I de la orden de bases. Por tanto, una vez presentada la solicitud no se admiten nuevos resguardos de fondos propios constituidos.