Los apoyos financieros a los proyectos de I+D+i en el ámbito de la Industria Conectada 4.0 (ACTIVA Financiación) podrán tener la forma de subvención, de préstamo reembolsable o ser una combinación de ambos.
En su solicitud, las entidades podrán seleccionar si solicitan ayuda en forma de subvención, de préstamo reembolsable o de una combinación de préstamo y subvención, con el máximo importe de subvención posible.
El régimen de concesión será de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.
La financiación pública total del proyecto, computada como suma de los recursos públicos concedidos por cualquier Administración y/o ente público, no podrá exceder del 80 por ciento sobre el total del presupuesto que haya sido considerado financiable.
El importe de la ayuda en forma de subvención será, como máximo:
Las características del préstamo dependerán de la línea seleccionada (ACTIVA PYME o ACTIVA Grandes Implementaciones).
En todos los casos, la financiación pública total del proyecto, computada como suma de los recursos públicos concedidos por cualquier Administración y/o ente público, no podrá exceder del 80 por ciento sobre el total del presupuesto que haya sido considerado financiable.
En relación al importe nominal del préstamo a conceder, éste estará acotado de acuerdo con los siguientes límites:
Los límites a la cuantía de las ayudas serán los siguientes:
Tipos de proyectos | Intensidades brutas máximas de ayudas en forma de subvención bruta equivalente (% sobre presupuesto financiable) | ||
---|---|---|---|
Empresas no pyme | Medianas empresas | Pequeñas empresas y microempresas | |
Investigación industrial | Hasta el 50% | Hasta el 60% | Hasta el 70% |
Desarrollo experimental | Hasta el 25% | Hasta el 35% | Hasta el 45% |
Innovación en materia de organización y procesos | Hasta el 15% | Hasta el 50% | Hasta el 50% |
En cuanto a la cuantía máxima de las ayudas, será de:
En todo caso, la intensidad de la ayuda correspondiente a los préstamos deberá expresarse en términos de su equivalente en subvención bruta.
Las ayudas concedidas en la línea ACTIVA-Grandes Implementaciones, y según los tipos de proyectos, respetarán las intensidades brutas máximas siguientes:
La intensidad de la ayuda para los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental podrá aumentarse en 15 puntos porcentuales, hasta un máximo de 80%, si se cumplen algunas de las condiciones definidas en el artículo 25.6.b del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio.
El plazo de amortización de la parte de ayuda concedida en forma de préstamo será el siguiente:
El tipo de interés será del 0%.
Se exigirá antes de la resolución de concesión de la ayuda, la presentación de resguardo de constitución de garantía ante la Caja General de Depósitos en cualquiera de las modalidades aceptadas según su normativa.
El importe de la garantía correspondiente a la parte de ayuda propuesta en forma de préstamo, será del 20% del importe del principal.
El importe de la garantía a constituir correspondiente a la parte de ayuda en forma de subvención, será del 100% del importe propuesto.
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