Preguntas frecuentes

[1] ¿Cómo me notifica el Ministerio cualquier acto del procedimiento?
Se pública en la sede Web del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y a la vez se envía un correo electrónico a la dirección de notificación que ha consignado el beneficiario.
[1] ¿Qué normativa rige la presente convocatoria?

La presente convocatoria del Plan Avanza se rige por la Orden de Bases (Orden ITC/3227/2011, de noviembre), publicada en el  BOE de 25/11/2011.

Posteriormente se ha publicado la Orden IET/722/2012, de 11 de abril, por la que se modifica la Orden ITC/3227/2011, de 18 de noviembre, publicada en el BOE de 13/4/2012.

La Resolución de 5 de junio de 2012, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se efectúa la convocatoria 1/2012 para la concesión de ayudas para la realización de proyectos en el marco de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, publicada en el BOE de 7/6/2012.

[1] ¿Cuál es el presupuesto mínimo/máximo que debe presentar un proyecto o acción dentro de este subprograma?
Los proyectos de desarrollo experimental deberán tener un presupuesto mínimo de 300.000 Euros.
[1] ¿Cuál es el procedimiento a seguir una vez se ha recibido la Resolución Provisional de Concesión?

En proyectos individuales, los solicitantes que estén conformes con la propuesta deberán aceptarla en el plazo de diez días. 

En proyectos en cooperación, el representante de la agrupación deberá remitir en el plazo de diez días su aceptación y las de todos los participantes. 

En ambos casos, cada uno de los participantes, deberán presentar la siguiente documentación:

  • Declaración responsable del solicitante y/o de cada uno de los participantes de no tener deudas por reintegro y de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
  • Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y ante la Tesorería General de la Seguridad Social, en el caso de que la comprobación realizada por el órgano instructor fuera insatisfactoria. 
  • Si procede, contrato de subcontratación o declaración de imposibilidad.
  • Número de cuenta reconocida en el Tesoro de  cada participante.

En caso de no conformidad, la entidad deberá formular las alegaciones que considere oportunas en un plazo de 10 días a partir de la publicación de la resolución provisional en la Sede Electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, sede.minetur.gob.es. En los casos de proyectos en cooperación dichas alegaciones se deberán canalizar a través del coordinador del proyecto.

[1] ¿Qué costes se financian en el concepto instrumental y material?

Únicamente cubre los costes de amortización o de arrendamiento financiero correspondientes a la duración del proyecto.

La amortización se calculará sobre un periodo de cinco años. La amortización será del 20% por cada anualidad con un máximo del 60%. 

Los equipos no tienen que ser de nueva adquisición.

Cuando las inversiones se financien mediante arrendamiento financiero sólo se imputarán las cuotas pagadas del periodo de ejecución del proyecto por cada anualidad a justificar.

En los proyectos plurianuales se imputará a cada anualidad un máximo de 1/5 del valor del bien.

[1] ¿Cuándo debe presentarse la justificación del proyecto?

El periodo de justificación es el plazo de que dispone el beneficiario para presentar la cuenta justificativa. Existe un periodo de justificación para cada anualidad de ejecución del proyecto. 

De manera general, la presentación de la documentación justificativa se realizará desde el 1 de enero al 31 de marzo del año inmediato posterior al de la realización de la actividad.

[2] ¿Cómo accedo a la consulta de un expediente o de una notificación?
Por medio de la contraseña, que se le adjudica en el momento que presenta la solicitud o con el certificado digital del solicitante.
[2] ¿Qué modalidades de participación existen en esta convocatoria?
Los proyectos podrán ser presentados por una única entidad (proyecto individual) o por varias entidades (proyecto en cooperación).
[2] Una vez publicada la Resolución Provisional de concesión de ayudas y formuladas las alegaciones oportunas ¿Cómo saber si éstas han sido o no aceptadas?
Examinadas las alegaciones por el órgano instructor, se formulará la propuesta de resolución definitiva en la que se incluirán las alegaciones que hayan sido aceptadas. Éstas serán publicadas, dando a la entidad un plazo de 10 días para comunicar su aceptación o renuncia a la ayuda.
[2] ¿Cuál es la cuantía máxima de los costes indirectos?
Los costes indirectos no pueden superar el 20% de los costes de personal.
[2] En caso de un proyecto plurianual, ¿se debe presentar documentación justificativa en las anualidades intermedias?
Sí, todos los beneficiarios deberán presentar la cuenta justificativa para todas las anualidades financiadas
[3] ¿Dónde se puede obtener un certificado electrónico?
En la siguiente dirección se indican los pasos para la obtención de un certificado electrónico https://sede.minetur.gob.es
[3] ¿Cómo se formaliza la relación entre los participantes en un proyecto en cooperación?
Las entidades participantes en un proyecto en cooperación deberán formar una agrupación  sin personalidad jurídica, rigiéndose por el convenio o acuerdo que las regule, (art 11.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre). Una de las entidades actuará como solicitante y coordinador del proyecto de la ayuda. Todas las entidades que forman parte de la agrupación y que obtengan ayuda ostentarán la condición de beneficiarios y deberán cumplir sus obligaciones como tales.
[3] ¿Cómo se puede saber si la ayuda está concedida?
Las listas de resolución publicadas en la página Web del Ministerio de Industria, Energía y Turismo recogen los proyectos según la naturaleza de la lista:  
  • Lista de propuestas de resolución provisional: recoge las solicitudes aprobadas y denegadas. Asimismo, se recogen las listas de solicitudes inadmitidas y desistidas.
  • Lista de propuestas de resolución definitiva: recoge exclusivamente las solicitudes que tras la publicación de la lista provisional, y después de haber presentado alegaciones, éstas han sido aceptadas.
  • Lista de resolución de concesión: recoge la resolución de concesión de las solicitudes aprobadas.
  • Lista de resoluciones denegatorias de ayudas: recoge aquellas solicitudes a las que no se les ha concedido ayuda y las que han sido inadmitidas.
[3] ¿Cómo se calculan los costes indirectos?
Para su cálculo las entidades legalmente constituidas antes del 01 de enero de 2011 emplearán las siguientes cuentas, del ejercicio contable de 2010:  
  • 621. Arrendamientos y cánones
  • 622. Reparaciones y conservación
  • 624. Transportes
  • 628. Suministros
  • 629. Otros servicios.
  • 640. Sueldos y salarios
  • 642. Seguridad Social a cargo de la empresa

El beneficiario obtendrá el cociente entre la suma de los saldos de las cuentas 621, 622, 624, 628, 629 y la suma de los saldos de las cuentas 640,642.

Los costes indirectos se obtendrán multiplicando el resultado anterior, en porcentaje, con un máximo del 20 por ciento, por los gastos de personal del proyecto.

[3] ¿Dentro de qué plazos pueden realizarse los gastos e inversiones financiables del proyecto o acción?
Las inversiones y gastos deberán realizarse dentro del período de realización del proyecto que se haya especificado en el apartado 2.13 del cuestionario (fases o hitos del proyecto).
[4] ¿Cuándo y cómo se utiliza la aplicación eCoFirma en el procedimiento electrónico?
Para realizar la firma electrónica de declaraciones responsables y otros documentos que deban adjuntarse a los formularios previstos para las distintas fases del procedimiento, posteriores a la presentación de la solicitud, se deberá utilizar la aplicación eCoFirma que se puede descargar en la dirección https://sede.mitnetur.gob.es.

En el caso de proyectos individuales, el firmante de la solicitud anexará el documento generado con extensión “.xsig” al formulario a remitir por vía electrónica.

En el caso de proyectos en cooperación, el coordinador (firmante de la solicitud) deberá remitir por vía electrónica los documentos con extensión “.xsig” generados por cada uno de los participantes.
[4] ¿Cuál es el número máximo de participantes en un proyecto de cooperación?
El número máximo de participantes en un proyecto en cooperación no puede ser superior a cinco, incluyendo la entidad coordinadora. La única excepción la constituyen aquellos proyectos que acrediten su pertenencia a un Programa Internacional de cooperación en I+D, en cuyo caso se podrán mantener los mismos participantes nacionales que allí se hubieran presentado.
[4] Una vez aprobado el proyecto, ¿se pueden realizar modificaciones del mismo?

No, únicamente en los casos recogidos en el apartado Ocho de la Orden IET/722/2012, de 11 de abril, que modifica la Orden ITC/3227/2011, de 18 de noviembre.  

En casos debidamente justificados, se podrán realizar sin necesidad de autorización previa, incrementos de hasta un 20 por ciento en los conceptos susceptibles de ayuda y que figuren en la resolución de concesión, compensables con disminuciones de otros, siempre que no se altere el importe total de la ayuda y se explique en la memoria justificativa que dichos cambios permiten la consecución o mejora de los objetivos previstos en el proyecto.

[4] ¿Qué costes de personal se financian?
Se imputarán los gastos de personal propio por el tiempo dedicado directamente al proyecto. Se podrá imputar personal autónomo siempre que preste servicios regularmente en la entidad y que tenga o haya tenido relación mercantil con la entidad beneficiaria de la ayuda.
[4] ¿En los proyectos o acciones plurianuales se pueden traspasar presupuestos financiables de un mismo concepto de una anualidad a otra?
Sí, los importes por anualidades son indicativos, no será necesario solicitar autorización para los traspasos entre anualidades para un mismo concepto financiado. Siempre que se inicie la ejecución del presupuesto en la anualidad en la que se  concede la ayuda.
[5] ¿Qué tipo de procedimiento de concesión rige el Subprograma Competitividad I+D? ¿Qué significa “concurrencia competitiva”?
El régimen de concesión de las ayudas para las solicitudes será el de concurrencia competitiva. Esto conlleva que todos los proyectos serán evaluados bajo los mismos criterios, teniendo todos los proyectos presentados las mismas oportunidades, y se adjudicará ayuda a aquellos que hayan obtenido mayor valoración, dentro del presupuesto disponible
[5] ¿Cuáles son las responsabilidades de los participantes en un proyecto en cooperación?
Cada miembro será responsable del cumplimiento de las actividades que se hubiera comprometido a realizar. En particular, cada uno de ellos deberá responder de las obligaciones de reintegro o de las sanciones que se puedan imponer como consecuencia del incumplimiento de sus compromisos.
[5] ¿Cuándo se puede solicitar ampliación del plazo de ejecución del proyecto o acción?
Según el apartado Ocho de la Orden IET/722/2012, de 11 de abril, que modifica la Orden ITC/3227/2011, de 18 de noviembre, no podrán autorizarse modificaciones que conlleven:
  • Prórrogas del plazo de ejecución de los proyectos o acciones, salvo las que conceda de oficio el órgano competente.
  • La redistribución de la ayuda entre los participantes, en los proyectos y acciones en cooperación. El abandono o renuncia de uno de los beneficiarios de un proyecto en cooperación conllevará el reintegro de la ayuda que se le concedió.
  • Incrementos superiores al 20 por ciento en los conceptos susceptibles de ayuda relacionadas en el apartado Decimoquinto.
[5] ¿Cómo se calculan los costes de personal?

La fórmula de cálculo del coste-hora, para cada empleado participante en el proyecto, será la que se expresa a continuación:

Coste hora = X + Y / H

Siendo el contenido, para cada valor, el siguiente: 

X = Retribuciones satisfechas al empleado en el ejercicio, de acuerdo con lo declarado en el modelo 190 del IRPF. En este concepto no se incluyen importes correspondientes a las dietas.

Y = Cuota patronal anual satisfecha a la Seguridad Social por ese empleado, calculada atendiendo a la Base de Cotización (expresada en los modelos TC2 debidamente identificada) multiplicada por el coeficiente final resultante de la aportación del beneficiario a la Seguridad Social por ese empleado.

H = Horas anuales del empleado, según el Convenio de aplicación al beneficiario.

[5] ¿Cuándo hay la obligación de presentar informe de auditor?
Existe obligación para el caso contemplado en el apartado Vigésimo noveno. 3.c) de la Orden de 25/11/2011, que establece las bases reguladoras de la concesión de ayudas. Es decir, para los proyectos financiados con fondos comunitarios.
[6] ¿Es importante el correo de notificación?
El correo deberá estar actualizado por ser el correo al que se enviaran los avisos de todas las notificaciones electrónicas
[6] ¿Quiénes pueden solicitar estas ayudas?
  • Empresas privadas (microempresa, pequeña, mediana y gran empresa).
  • Unión temporal de empresas (UTE)
  • Agrupación de interés económico (AIE)
  • Asociaciones Empresariales Sectoriales sin ánimo de lucro.
  • Agrupaciones Empresariales Innovadoras.
[6] ¿Se deben presentar garantías para recibir las ayudas?
  • En el subprograma Competitividad I+D cada beneficiario deberá constituir garantías por valor del 35% del importe del préstamo.
  • En los proyectos en cooperación, cada participante deberá aportar una garantía del 35% del préstamo que le corresponde.
[6] ¿Existe algún límite para el coste/hora de personal?
El coste/hora máximo financiable será de 50 €.
[6] ¿Cuándo se puede solicitar autorización de asunción de deuda?

Una vez recibida la certificación final acreditativa de gasto correspondiente a la realización del proyecto.

La solicitud debe ser presentada firmada por la entidad beneficiaria y por la entidad financiera que asume la deuda, adjuntando certificado de la entidad financiera por el que ésta asume de forma fehaciente el importe de la deuda viva del préstamo (tras la certificación de gastos y, en su caso, la devolución de las cantidades a reintegrar que correspondan) aceptando expresamente todas y cada una de las características del préstamo que figuran en la Resolución de concesión. Tras ello, se dictará la correspondiente resolución de asunción de deuda a favor de la entidad financiera de que se trate, en la que se incluirá el cuadro de amortización resultante.

En los proyectos en cooperación, cada participante puede solicitar la autorización de asunción de deuda por su parte.

[7] ¿Qué tipo de proyectos de los previstos en el Anexo VI de la Orden de Bases se pueden presentar a esta convocatoria?
  • Desarrollo experimental, excluidos proyectos tractores
  • Cooperación Internacional
[7] ¿Quiénes pueden participar en estos proyectos?
  • Empresas privadas (microempresa, pequeña, mediana y gran empresa).
  • Centros tecnológicos.
  • Universidades públicas (Organismo de investigación)
  • Universidades privadas (Organismo de investigación)
  • Organismos públicos de I+D de la Ley 13/1986 (Organismo  investigación)
  • Otros Centros públicos de I+D (Organismo de investigación)
  • Unión temporal de empresas (UTE)
  • Agrupación de interés económico (AIE)
  • Asociaciones Empresariales Sectoriales sin ánimo de lucro.
  • Agrupaciones Empresariales Innovadoras.
[7] ¿Cómo me entero del resultado de la evaluación?

La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la información, sobre la base del informe de la Comisión de evaluación, formulará la propuesta de resolución provisional que será publicada en el Portal de Ayudas del Ministerio sede.minetur.gob.es

Desde este portal los interesados, tras identificarse electrónicamente de forma segura, podrán consultar las Propuestas de Resolución Provisional y Definitiva, así como las propias resoluciones de concesión. Además, recibirá un correo electrónico comunicándoselo.

Tras publicarse la Propuesta de Resolución Provisional, el solicitante deberá de comprobar si en ésta tiene un requerimiento de documentación, ya que en el caso de no aportar la documentación que se señale en el plazo de 10 días se entenderá que desiste de su  solicitud.

[7] ¿Qué otros costes se financian?

Costes de investigación contractual

  • Conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado.
  • Se imputarán a este concepto los gastos de subcontratación exclusivamente derivados del proyecto, así como otros gastos ocasionados por la prestación de servicios TIC por parte de terceros y la adquisición de patentes que contribuyan a la ejecución del proyecto.

Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto.

  • Se incluyen en este concepto los costes indirectos del proyecto, que también cubren los gastos derivados de viajes del personal propio relacionados con el proyecto.
  • Adicionalmente se incluyen en este concepto los gastos del informe de auditor, cuando proceda, los gastos de formación de personal vinculado al proyecto y los gastos destinados a la protección industrial e intelectual de los resultados del proyecto. Estos gastos deberán justificarse mediante facturas y documentos de pago.

Otros gastos de funcionamiento

  • Incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.
  • Se podrán imputar a este concepto los gastos de material no inventariable utilizado en la realización del proyecto y los costes correspondientes a la tasas de vinculación en programas internacionales.
[7] ¿Cómo se pueden asociar documentos a costes cuando ya se ha realizado el envío?
En el listado de Enviados, debe elegir el coste al cual se desea asociar el documento y pulsar el botón ‘Anular y Duplicar. A continuación, dentro del detalle de ese coste, le aparecerá un listado con todos los documentos que puede asociar. Después deberá realizar el envío.
[8] ¿Qué modalidades de financiación existen en esta Convocatoria?
Las ayudas para la realización de proyectos y acciones tendrán la modalidad combinada de subvención y préstamo, con un mínimo del 9,5% en subvención.
[8] ¿Cómo pueden participar en proyectos los Organismos Públicos de Investigación?

Los organismos públicos de investigación podrán participar únicamente en los proyectos de ámbito internacional, no pudiendo actuar como entidades coordinadoras. No obstante, podrán participar en los proyectos nacionales como entidades subcontratadas.

Los organismos públicos de investigación que participen en un proyecto de ámbito internacional, sólo podrán recibir ayuda en la modalidad de subvención

[8] ¿Cuándo se procede al pago de la ayuda concedida?
  • El pago de la ayuda se efectuará siempre tras dictarse la Resolución de Concesión.
  • En los proyectos en cooperación se efectuará el pago directamente a cada beneficiario por la parte que le corresponda.
[8] ¿Qué gastos e inversiones no son financiables?
En general, no son financiables los siguientes gastos: 
  • Los gastos que hayan sido realizados fuera de los plazos de ejecución del proyecto, notificados en las resoluciones de concesión de ayudas, excepto los gastos correspondientes al Informe Auditor ROAC.
  • Los gastos asociados a tareas cuya realización no pueda ser debidamente acreditada.
  • Los gastos cuyo pago no haya quedado debidamente acreditado, según las instrucciones del anexo III de la resolución de convocatoria, o se haya realizado fuera de los plazos correspondientes, según Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
  • Las cuotas mensuales de servicios, excepto si son recogidas en el presupuesto financiable.
  • Los costes de mantenimiento de aplicaciones y equipamientos, excepto si son recogidos en el presupuesto financiable.
  • Los gastos debidos a la aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), salvo en la parte en que el beneficiario esté exento o no sujeto a liquidación tributaria de dicho impuesto. En este caso debe aportar una declaración de exención emitida por Hacienda o el correspondiente modelo de liquidación anual.
  • Gastos financieros, derivados del pago aplazado de inversiones o de otros motivos.
  • Inversiones en terrenos, locales y obra civil.
  • Gastos de despliegue de infraestructuras para prestación de servicios.
  • Inversiones financiadas mediante arrendamiento financiero, excepto las que estén recogidas en el presupuesto financiable
[9] ¿Qué características presentan los préstamos dentro este Subprograma?
  • Importe máximo del préstamo: Hasta el 100 por ciento del coste financiable de los proyectos o acciones.
  • Plazo máximo de amortización de siete años, incluidos tres de carencia.
  • El tipo de interés aplicable es el siguiente: 3, 95%
[9] ¿Cómo puede participar un Organismo privado de Investigación?
Los organismos de investigación privados  podrán participar únicamente en los proyectos de ámbito internacional, no pudiendo actuar como entidades coordinadoras. Podrán participar en los proyectos nacionales como entidades subcontratadas.
[10] ¿Las ayudas concedidas en este subprograma son compatibles con otros tipos de ayudas?
No, las ayudas concedidas al amparo del Subprograma Competitividad I+D no serán compatibles con otras ayudas públicas provenientes de cualesquiera Administraciones públicas o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea o de otros organismos internacionales.
[10] ¿Pueden participar Otras Entidades de Derecho Público?
No. No podrán participar, ni solicitar ayuda
[11] ¿Los proyectos que se aprueben en el marco del Subprograma Competitividad I+D tienen cofinanciación comunitaria?

Las ayudas objeto de esta orden pueden ser cofinanciadas por los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).  

Los proyectos que se desarrollen en regiones de convergencia pueden ser cofinanciados con cargo al Programa Operativo Plurirregional 2007-2013: Investigación, Desarrollo e Innovación por y para el beneficio de las empresas. Fondo tecnológico.

Los proyectos que se desarrollen en regiones de convergencia, phasing-out y phasing-in pueden ser cofinanciados con cargo a los Programas Operativos FEDER regionales 2007-2013.

Cuando se trate de resoluciones estimatorias de carácter plurianual correspondientes a todos los subprogramas de la acción estratégica, se realizará un único pago por la totalidad de la ayuda tras dictarse resolución de concesión.

[11] ¿Una microempresa puede presentar un proyecto de forma individual subcontratando un porcentaje del proyecto?
En los proyectos de desarrollo experimental de ámbito nacional, estas entidades deberán presentarse bajo la modalidad en cooperación.
[12] ¿Qué obligaciones tiene un beneficiario de una ayuda?

Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como las instrucciones específicas que le comunique el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en materia de ejecución, seguimiento, pago de las ayudas, información y publicidad, justificación y control del gasto.

La resolución de concesión notificará a los beneficiarios la obligación del cumplimiento de la normativa sobre fondos comunitarios en caso de que el proyecto o acción se desarrolle en zonas FEDER.

Los beneficiarios deberán comunicar al órgano instructor, si se produce el caso, la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos para la ejecución de las actividades financiadas, tan pronto como tengan conocimiento de ello y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

[12] ¿Qué tipo de empresas están excluidas?
En esta convocatoria se excluyen de la tipología de “empresas”:
  • Las empresas públicas.
  • Las entidades sin ánimo de lucro que ejerzan actividad económica.
  • Los Autónomos.
[13] ¿Qué ocurre en el caso de que el proyecto tenga otras ayudas públicas?
En caso de que el interesado indique en el cuestionario y/o memoria la concesión de otras ayudas públicas provenientes de cualesquiera Administraciones públicas o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea y de otros organismos internacionales, para la realización del proyecto, conllevará la no valoración de los criterios. Por tanto, será causa de denegación directa.
[13] ¿Dónde y cómo se debe formalizar una solicitud de ayuda?

La solicitud debe ser presentada por vía telemática y firmada utilizando alguno de estos medios electrónicos: DNI electrónico o certificado digital.

En la Sede Electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, sede.minetur.gob.es están disponibles los formularios y documentos electrónicos para poder cumplimentar y presentar las solicitudes.

[14] ¿Es posible subcontratar parte de la realización del proyecto?
 Para los Organismos públicos de I+D de la Ley 13/1986 y las Universidades públicas de la Ley Orgánica 6/2001, las subcontrataciones no se consideran financiables.
[14] ¿De qué elementos consta la solicitud?
Para esta convocatoria la solicitud consta de tres elementos indisociables, recogidos en los siguientes documentos:
  • Para los proyectos individuales: La instancia/cuestionario y Memoria.
  • Para los proyectos en cooperación: La instancia/cuestionario y Memoria además de los cuestionarios adicionales de cada participante.
[15] ¿Es posible la subcontratación con una empresa vinculada?

Cuando en un proyecto o acción intervengan empresas o entidades vinculadas entre sí deberán hacerlo en la modalidad de cooperación como miembros de la agrupación. Sólo se podrá autorizar la subcontratación de empresas vinculadas a una entidad beneficiaria, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 29.7 de la referida Ley General de Subvenciones, cuando concurran a la vez las siguientes circunstancias:

 
  • Que la contratación se realice de acuerdo con las condiciones normales de mercado.
  • Que la entidad a contratar no pueda participar en la agrupación porque no pertenezca a la tipología de beneficiarios que se admiten para ese proyecto, con arreglo a lo dispuesto en los anexos de esta misma orden para cada subprograma y a lo que se establezca en las respectivas convocatorias; porque la agrupación, excluida la entidad a contratar, ya haya alcanzado el número máximo de participantes o porque el centro que vaya a realizar los trabajos no resida en territorio español.
[15] ¿Qué otra documentación hay que aportar junto con la solicitud?
A la solicitud citada, se acompañará acreditación válida del poder del firmante de la solicitud, según se exige en el apartado Seis de la Orden  IET/722/2012, de 11 de abril que modifica la Orden ITC/3227/2011, de 18 de noviembre, que deberá ser aportada mediante documento digitalizado
[16] ¿Qué es el efecto incentivador?

Las ayudas del subprograma Competitividad I+D deben tener efecto incentivador, esto es, deben provocar un cambio en el comportamiento del beneficiario tal que éste incremente su grado de actividad de ID: el resultado de las ayudas ha de ser el incremento del volumen, el ámbito, las cuantías invertidas o la rapidez de las actividades del proyecto.

Se considera que las ayudas no ofrecen incentivos al beneficiario en todos aquellos casos en los que la actividad del proyecto ya se ha iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda.

[16] ¿Cómo se presenta un proyecto en cooperación?
  • El coordinador presenta la solicitud de ayuda, cuestionario general del proyecto y la Memoria.
  • Una vez adjudicada la clave del proyecto al coordinador, éste la facilitará a los cooperantes.
  • Cada cooperante presentará en el Registro electrónico el cuestionario adicional.
  • Al cuestionario adicional deberá añadirse la documentación requerida en el apartado Seis de la Orden IET/722/2012, de 11 de abril que modifica la Orden ITC/3227/2011, de 18 de noviembre.
[17] ¿Cuándo se considera que la ayuda tiene efecto incentivador?
En el caso de empresas no PYME, además de no haber iniciado el proyecto antes de la presentación de la solicitud de la ayuda, se incluirá en la memoria aportada junto a la solicitud de la ayuda, una evaluación del incremento de dichas actividades mediante un análisis que compare la situación con y sin concesión de ayudas. Los interesados pueden utilizar, junto con otros factores cuantitativos y/o cualitativos, los criterios siguientes:
  • Aumento sustancial del tamaño del proyecto o actividad gracias a la ayuda.
  • Aumento sustancial del ámbito de aplicación del proyecto o actividad gracias a la ayuda.
  • Incremento de la rapidez.
  • Aumento sustancial del importe total invertido por el beneficiario en el proyecto o actividad gracias a la ayuda.

Si puede demostrarse un efecto significativo en como mínimo uno de estos aspectos, y atendiendo al comportamiento normal de una empresa en el sector correspondiente, en principio, el órgano instructor considerará que la propuesta de ayuda tiene efecto incentivador.

En caso de que la ayuda no tenga efecto incentivador, al ser éste un criterio de selección previa, no se realizará la evaluación de la solicitud. Por tanto, será causa de denegación directa.

[17] ¿Cuándo debe empezar el proyecto o actividad?
Debe empezar siempre después de la presentación de la solicitud.
[18] ¿Se puede presentar el mismo proyecto a varios subprogramas?
No. La solicitud de ayuda para cada proyecto o actuación deberá asignarse a un único Subprograma.
[19] ¿Cuál es el plazo para la presentación de las solicitudes?
Plazo de presentación de cuestionarios adicionales: desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el “Boletín Oficial del Estado” hasta el día 10 de julio, incluido.
[20] Cuál es el procedimiento a seguir una vez se ha presentado la solicitud?

Las solicitudes presentadas serán revisadas para comprobar que cumplen los requisitos necesarios para su admisión a la fase de evaluación.

En caso de incumplimiento de alguno de estos requisitos, el resultado de la revisión se comunicará a los interesados, que dispondrán de un plazo de 10 días para alegar o aportar los documentos que estimen oportunos.

[21] ¿Cómo se notifica por parte del Ministerio cualquier acto de procedimiento en esta fase?

En caso de incumplimiento de alguno de estos requisitos, el resultado de la revisión se comunicará a los interesados, que dispondrán de un plazo de 10 días para alegar o aportar los documentos que estimen oportunos.

Esta comunicación se realizará a través del envío de un correo electrónico avisando al interesado de la publicación en la página web del Ministerio del requerimiento para que pueda acceder al expediente a través del Registro Electrónico.

Para facilitar este tipo de comunicaciones electrónicas es conveniente que las direcciones de correo electrónico que figuran en la solicitud de ayudas estén debidamente actualizadas y operativas.

El acceso al Registro puede hacerse con la firma electrónica o a través de la clave y contraseña que se facilita en el momento de presentación de la solicitud.

Revisadas las alegaciones, los proyectos que no superen esta fase serán excluidos del proceso de evaluación.

La lista de proyectos excluidos y el motivo de exclusión se publicará en el Portal de Ayudas ubicado en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo sede.minetur.gob.es

[22] ¿Se admitirán mejoras voluntarias a la solicitud de ayudas?

No, ya que el procedimiento de concesión para esta convocatoria es de concurrencia competitiva.

La valoración se realizará exclusivamente sobre la información aportada en el cuestionario y la memoria del proyecto o acción. En el caso de que la memoria aportada se encuentre en blanco o sea ilegible, la valoración se realizará únicamente sobre la información aportada en el cuestionario.

[23] ¿Es necesario utilizar la aplicación eCoFirma en el momento de presentar la solicitud?
No, dado que el envío de la solicitud admite únicamente una sola firma electrónica, tan solo en el caso de representación mancomunada deberá aportarse como documento anexo a la solicitud de ayuda una copia de la instancia de solicitud firmada con la aplicación eCoFirma por aquellos representantes que no hubieran firmado el envío de la solicitud.
[24] ¿Existe alguna limitación en el tamaño de la memoria?

Sí, la memoria del proyecto presentada en la solicitud no podrá tener un tamaño superior a 40 páginas. Con el fin de facilitar al solicitante la presentación, en el apartado decimotercero del anexo III de la Orden de Bases se presenta un índice orientativo sobre el contenido de la Memoria del proyecto o acción. 

Las páginas de la memoria, numeradas, se configurarán en formato A4 (210 mm x 297 mm), con interlineado sencillo y la letra deberá tener un tamaño mínimo de 11 puntos, si bien pueden utilizarse tamaños inferiores (8 puntos mínimo) para gráficos e ilustraciones en color siempre que resulten legibles. 

En caso de presentar memorias de un tamaño superior, sólo se tendrán en cuenta para la evaluación las páginas comprendidas dentro de los límites anteriores.

[25] ¿Dentro de esta convocatoria se pueden solicitar ayudas plurianuales?
Como regla general en esta convocatoria 2012 se podrán conceder ayudas para las anualidades 2012 a 2014, ambas inclusive.
[26] ¿Es suficiente con superar el umbral total establecido en el apartado Noveno del Anexo III de la Orden de Bases para que una solicitud sea objeto de ayuda?
No, además de superar el umbral total de puntuación se deberán superar los umbrales establecidos para los criterios, según el apartado Noveno del Anexo III.
[27] ¿Qué ocurre si la solicitud no supera uno de los criterios de selección previa establecido en el apartado Noveno del Anexo III de la Orden de Bases?
Los criterios señalados como “Criterios de Selección Previa” serán valorados al inicio de la evaluación. El incumplimiento de alguno de ellos implicará la no valoración del resto de criterios. Por tanto, será causa de denegación directa.