Descripción general: Modalidades de participación

Fondo Europeo de desarrollo Regional
  1. Los proyectos podrán realizarse en la modalidad individual o en cooperación, con las condiciones señaladas en la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
  2. Los proyectos deberán contar con subcontrataciones de otras empresas de tecnologías de la información y las comunicaciones por un importe que ascienda al menos al 15 por ciento del presupuesto presentado. Dichas subcontrataciones deberán cumplir las condiciones establecidas en la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas. No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.7.b de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en ningún caso podrá concertarse por el beneficiario la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades que hayan percibido otras subvenciones para la realización de la actividad objeto de contratación.