Preguntas frecuentes

Fondo Europeo de desarrollo Regional

Preguntas frecuentes de: Reintegro

Reintegro

Tras la comprobación de la justificación de la ayuda y de la realización del proyecto se emitirá una certificación acreditativa del mismo. Si como resultado de la certificación acreditativa se dedujera que la inversión financiable ha sido inferior a la aprobada o que se han incumplido, total o parcialmente, los fines para los que fue concedida la ayuda, se comunicará tal circunstancia a los interesados junto a los resultados de la verificación efectuada y se iniciará el procedimiento de reintegro total o parcial de la ayuda, de acuerdo con lo establecido en el capítulo II del título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que incluirá el trámite de audiencia a los interesados.

En el caso de que la ayuda se conceda en la modalidad de préstamo o combinación de subvención y préstamo, el reintegro podrá conllevar la amortización anticipada del préstamo en la cuantía que corresponda.

En los casos de incumplimiento, la cantidad a reintegrar vendrá determinada por la aplicación de lo dispuesto en los artículos 36 y 37 de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.