Descripción general de la ayuda: Conceptos susceptibles de ayuda

Fondo Europeo de desarrollo Regional

Las ayudas previstas en esta orden se destinarán a cubrir los gastos que estén directamente relacionados con el desarrollo del proyecto para el que se concedan.

Las ayudas podrán aplicarse por el beneficiario a los siguientes conceptos:

  • Costes del personal docente.
  • Otros gastos corrientes tales como materiales y suministros.
  • Amortización de los instrumentos y equipos en proporción a su utilización exclusiva en la acción de formación.
  • Costes de servicios de asesoría en relación con la acción de formación.

Dado que los equipos entregados a los trabajadores y destinados a la realización de los planes formativos objeto de esta orden se corresponden con tecnologías en permanente innovación; su rápida obsolescencia para la formación, por la aparición en el mercado de nuevos equipos con nuevas funcionalidades y el deterioro añadido que provoca su utilización por alumnos inexpertos, se admitirá un periodo mínimo de amortización de dos años.

Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de doce mil (12.000 €) euros en el supuesto de suministros de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría y asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien.