Descripción general: Instrumentación y Estructura del programa

Los Comités encargados de colaborar con la gestión del programa PROFARMA son:

  1. El Comité de Coordinación, constituido como órgano asesoramiento a la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana empresa.
  2. El Comité Técnico, formado por expertos externos, constituido como órgano de asesoramiento a la Secretaría del programa.

La Secretaría de PROFARMA, formada por funcionarios de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa efectuará todas las labores de gestión, así como el desarrollo de las actuaciones que se deriven de la actividad del Comité Técnico y del Comité de Coordinación.

Asimismo, la Secretaría de PROFARMA se encargará de valorar las empresas presentadas al programa, siguiendo los criterios incluidos en la Guía de evaluación adoptada por el titular de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa. Para la adopción de la Guía de evaluación el titular de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa podrá contar con el asesoramiento técnico del Comité de Coordinación.

En sus funciones de valoración, la Secretaría de PROFARMA solicitará a los expertos externos los informes técnicos que estime pertinentes relativos a la actividad o proyectos de las empresas.

Cuando las circunstancias lo aconsejen, la Secretaría efectuará las comprobaciones que estime procedentes sobre una muestra aleatoria de las empresas presentadas a fin de acreditar la veracidad de los datos reflejados en la documentación aportada.

La Secretaria de PROFARMA emitirá informe de valoración y propondrá al titular de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa la clasificación y calificación de las empresas presentadas.

Comité Técnico

El Comité Técnico está formado por los siguientes miembros:

Presidente: El Subdirector General de Políticas Sectoriales Industriales.

Vicepresidente: Un Jefe de Departamento de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios designado por la Secretaría de Estado de Sanidad, durante la convocatoria 2021, y posteriormente un Jefe de Subdivisión de la Agencia Estatal de Investigación designado por la Secretaría General de Investigación durante la convocatoria 2022, que sustituirá al Presidente en caso de vacante, ausencia o enfermedad.

Coordinador: Elegido por el Presidente del Comité de entre los vocales del mismo.

Secretario: Un funcionario de la Subdirección General de Políticas Sectoriales Industriales.

Vocales: Hasta 18 vocales, designados por el titular de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, entre personas de reconocido prestigio en el ámbito de las ciencias de la salud y de las tecnologías de producción, expertos en distintas áreas: química, farmacología, biotecnología y productos biológicos, tecnología farmacéutica, clínica y desarrollo. Los vocales serán propuestos, 6 por la Secretaría General de Industria y de la PYME, 6 por la Secretaría de Estado de Sanidad y 6 por la Secretaría General de Investigación. Cada Secretaría podrá proponer hasta un máximo de tres vocales que formen parte de su personal o del personal destinado en los organismos que dependan de ella.

Relación de vocales del comité [PDF] [369 KB]

En su función, el Comité Técnico manifestará en las reuniones que pudieran celebrarse, su opinión científica y técnica en lo concerniente a las actividades y proyectos de las empresas presentadas.

Comité de Coordinación

  1. El Comité de Coordinación, presidido por el titular de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, está integrado por representantes de la Secretaría General de Industria y de la PYME, de la Secretaría de Estado de Sanidad y de la Secretaría General de Investigación.

    Por parte de la Secretaría General de Industria y de la PYME: El titular de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, y el titular de la Subdirección General de Políticas Sectoriales Industriales.

    Por parte de la Secretaría de Estado de Sanidad: El titular de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del S.N.S. y Farmacia, y el titular de la Dirección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

    Por parte de la Secretaría General de Investigación: El titular de la Dirección General de Planificación de la Investigación y el titular de la Dirección del Instituto de Salud Carlos III.

  2. Presidirá las reuniones el titular de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, y en su ausencia, el titular de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa. Los miembros del Comité podrán estar acompañados, por razón de los asuntos que se vayan a tratar, por funcionarios de sus respectivos órganos directivos.
  3. Actuará como Secretario del Comité el Subdirector General de Políticas Sectoriales Industriales.
  4. El Comité de Coordinación podrá conocer la valoración efectuada por la Secretaría del programa a fin de formar opinión al respecto.

El titular de la Secretaría General de Industria y de la PYME, adoptará la decisión final respecto a las clasificaciones y calificaciones otorgadas a las empresas participantes en el programa.