Preguntas Frecuentes: Solicitud

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Preguntas frecuentes de: Solicitud

1.- ¿Dónde puedo encontrar toda la documentación relativa a la solicitud?
Toda la documentación necesaria para completar la solicitud de ayudas para este Programa se puede encontrar en el sitio Web siguiente: http://www.mityc.es/AvanzaPyme
2.- ¿Cuál va ser el plazo para presentar solicitudes en el año 2008?
Esta convocatoria establece dos procedimientos de selección: El primer plazo para la presentación de solicitudes será del 1 al 29 de Febrero de 2008. El segundo plazo para la presentación de solicitudes será del 2 de Junio al 30 de Septiembre de 2008.
3.- ¿Puede una sola empresa presentar más de una solicitud?
Una PYME puede presentar, en cada procedimiento de selección, más de una solicitud si van dirigidas a diferentes proyectos de Entidad Colaboradora de los detallados en la convocatoria.
4.- ¿Pueden presentarse grandes empresas a esta convocatoria?
No. Los solicitantes y beneficiarios de las ayudas pueden ser exclusivamente Pequeñas y Medianas Empresas.
5.- ¿Qué documentación hay que aportar para solicitar las ayudas del Programa AVANZA PYME 3?
Las solicitudes para la obtención de las ayudas requieren la presentación de tres documentos: solicitud, cuestionario y declaración de minimis establecidos en el anexo de la convocatoria 3/2007.Los tres documentos deben cumplimentarse en su totalidad. Además la solicitud y la declaración de minimis deben firmarse, bien con firma electrónica, o con firma manuscrita. Para la presentación se pueden utilizar dos vías diferentes: A través de los medios dispuestos a este efecto por cada una de las Entidades Colaboradoras. Las entidades colaboradoras admitirán únicamente solicitudes de PYMES para los proyectos que corresponden a cada una de ellas. Para conocer los medios que cada Entidad Colaboradora ha dispuesto para este fin se recomienda consultar las páginas informativas de cada una de ellas, que se relacionan a continuación: 090101 BARRABES INTERNET, S. L. U. 090102 CONEPA (FEDERACION ESPAÑOLA DE EMPRESARIOS PROFESIONALES DE AUTOMOCIÓN) 090103 FUNDACION RED DE COLEGIOS PROFESIONALES 090201 BANCO ESPAÑOL DE CRÉDITO, S. A. 090202 CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS DE AGENTES COMERCIALES DE ESPAÑA 090203 CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS DE ECONOMISTAS DE ESPAÑA 090204 CONSORCIO PARA LA INTEROPERABILIDAD DE LOS DOCUMENTOS (CIDE) 090205 SOCIEDAD DE EXPLOTACION DE REDES ELECTRÓNICAS Y SERVICIOS, S. A. (SERES) 090206 SP GRUPO SAGE , S. A. Directamente en la página web prevista en el MITYC para la presentación de solicitudes, a la que se accede a través de http://www.mityc.es/AvanzaPyme
6.- Si anteriormente el beneficiario ha presentado un proyecto aportando toda la documentación acreditativa de la identidad del firmante, ¿es necesario volver a presentar dicha documentación en caso de presentar un proyecto nuevo?
Los interesados no estarán obligados a presentar documentación que se halle en poder de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, para expedientes en los que aún no hayan transcurrido cinco años desde su finalización, pero es obligatorio hacer referencia al número de expediente donde se encuentra la documentación.
7.- ¿Qué se entiende por "acreditación por cualquier medio válido de la identidad del firmante"?
Son los poderes que la entidad solicitante ha otorgado al firmante de la solicitud. Las empresas presentarán las escrituras de apoderamiento que otorguen al representante potestad para actuar en nombre de la empresa ante la Administración.