Descripción general: Introducción

  1. Se crea en el Ministerio, el Registro de Entidades Solicitantes de Ayudas (en adelante RESA).
  2. Este Registro será gestionado por la Inspección General de Servicios y Relación con los Ciudadanos de la que tendrá dependencia directa.
  3. La inscripción en el registro es voluntaria, sin que, por tanto, constituya un requisito necesario para poder participar en cualquier convocatoria de ayudas públicas del Ministerio.
  4. La inscripción en el registro y su renovación, así como la expedición de certificaciones, son gratuitas.
  5. La inscripción en el registro constituye exclusivamente un medio que facilita la eventual participación en las convocatorias de ayudas que realicen los diferentes centros directivos del Ministerio.