Solicitudes: Inadmisión

Aquellas solicitudes presentadas dentro del ámbito de la Resolución de 5 de junio de 2012 , (BOE 07-06-2012) de convocatoria de ayudas para la realización de proyectos y acciones de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información que, a juicio del órgano instructor, no reúnan los requisitos exigidos en la misma, así como los establecidos en la Orden ITC/3227/2011 , de 18 de noviembre por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, se considerarán inválidas y no se admitirán a trámite ni se evaluarán.

No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, con la comunicación de inadmisión se inicia el trámite de audiencia previo a la resolución de inadmisión de la solicitud, disponiendo de un plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de dicha comunicación, para formular alegaciones y aportar cuantos documentos y justificaciones estime oportunos.

Lectura de las comunicaciones de inadmisión 

Las comunicaciones de inadmisión serán publicadas en el registro electrónico del Ministerio.

En el momento de publicarse la comunicación se enviará un mensaje de aviso a la dirección de correo electrónico a efectos de notificación que figure en la solicitud.

La consulta de las comunicaciones se puede hacer:

  • Con el certificado digital de la persona que actúa como representante de la empresa para ese expediente (persona que presentó la solicitud de ayuda, salvo que haya cambiado el representante posteriormente). En este caso se puede ver la comunicación de inadmisión tanto en el apartado "Salidas" como en apartado "Expedientes".
  • Sin certificado digital, mediante la consulta de expedientes del registro electrónico (no la consulta de Entradas o Salidas). La contraseña del expediente es la que se mostró en pantalla en el momento de presentar la solicitud en el registro electrónico.

Presentación de alegaciones a la inadmisión 

Si no está de acuerdo con la inadmisión de la solicitud, puede presentar alegaciones a través del registro electrónico del Ministerio, en el plazo indicado anteriormente.

Para hacerlo, consulte su expediente en el registro electrónico y utilice el botón "Presentar documentación" para acceder a una página que muestra el listado de trámites disponibles para ese expediente, entre los que se encuentra la presentación de alegaciones a la inadmisión.