Las ayudas del subprograma Avanza Competitividad I+D+I deben tener efecto incentivador, esto es, deben provocar un cambio en el comportamiento del beneficiario tal que éste incremente su grado de actividad de I+D+I; el resultado de las ayudas ha de ser el incremento del volumen, el ámbito, las cuantías invertidas o la rapidez de las actividades del proyecto.
Se considera que las ayudas no ofrecen incentivos al beneficiario en todos aquellos casos en los que la actividad de I+D+I ya se ha iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda.
Los proyectos podrán ser presentados por una única entidad (proyecto individual) o por varias entidades (proyecto en cooperación). Los proyectos tractores deberán presentarse obligatoriamente conforme a la modalidad “en cooperación”.
Las relaciones entre los cooperantes en un proyecto en cooperación deberán formalizarse mediante un contrato o convenio. Una de las entidades actuará como solicitante de la ayuda y será la responsable del proyecto ante la Administración. Sin embargo, todos los participantes son beneficiarios de las ayudas y por lo tanto tienen los mismos derechos y obligaciones.
Las ayudas para la realización de proyectos y acciones podrán concederse bajo las modalidades de subvención, préstamo o ayuda combinada de préstamo y subvención. Las ayudas a proyectos tractores tendrán obligatoriamente la modalidad combinada de préstamo y de subvención.
Las ayudas que se concedan a las acciones de divulgación y promoción para la obtención de determinadas certificaciones por parte de empresas PYME del sector TIC tendrán la modalidad de subvención
Para los proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental, innovación en materia de procesos y en materia de organización, estudios de viabilidad y acciones de divulgación y promoción de actividades de investigación industrial y desarrollo experimental, los Organismos de Investigación podrán ser beneficiarios de ayuda actuando como únicamente como participantes, en la modalidad de cooperación.
Por otro lado, se deberá tener en cuenta que en los proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación el límite máximo de participación en el presupuesto del proyecto para el conjunto de Organismos de Investigación que intervengan como participantes en proyectos realizados en la modalidad en cooperación, será del 8%; sin tener en cuenta las posibles subcontrataciones de dichos organismos.
Asimismo, en el caso de los proyectos tractores se debe cumplir, además, la condición de que los Organismos de Investigación deberán correr, en conjunto, con un mínimo del 5% de los costes del proyecto.
Los presupuestos varían según el tipo del proyecto así:
La solicitud debe ser presentada por vía telemática y firmada utilizando alguno de estos medios electrónicos: DNI electrónico o certificado digital.
En la Sede Electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo , están disponibles los formularios y documentos electrónicos para poder cumplimentar y presentar las solicitudes.
Para esta convocatoria la solicitud consta de tres elementos indisociables, recogidos en los siguientes documentos:
En caso de no conformidad, la entidad deberá formular las alegaciones que considere oportunas en un plazo de 10 días a partir de la publicación de la resolución provisional en la Sede Electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo .
En los casos de proyectos en Cooperación dichas alegaciones se deberán canalizar a través del coordinador del proyecto.
En caso de conformidad sobre el contenido de dicha resolución, el solicitante deberá comunicar la aceptación firmada electrónicamente anexando:
Se considera que las ayudas tienen efecto incentivador cuando se cumple que:
En el caso de empresas no PYME, además de no haber iniciado el proyecto antes de la presentación de la solicitud de la ayuda, se incluirá en la memoria aportada junto a la solicitud de la ayuda, una evaluación del incremento de dichas actividades mediante un análisis que compare la situación con y sin concesión de ayudas. Los interesados pueden utilizar, junto con otros factores cuantitativos y/o cualitativos, los criterios siguientes:
Si puede demostrarse un efecto significativo en como mínimo uno de estos aspectos, y atendiendo al comportamiento normal de una empresa en el sector correspondiente, en principio, el órgano instructor considerará que la propuesta de ayuda tiene efecto incentivador.
En caso de que la ayuda no tenga efecto incentivador, al ser éste un criterio de selección previa, no se realizará la evaluación de la solicitud. Por tanto, será causa de denegación directa.
Sí, es posible subcontratar parte de la ejecución del proyecto siempre y cuando el coste de la subcontratación no supere el 50 por ciento del coste total del proyecto, con las siguientes excepciones:
La naturaleza jurídica “Otras Entidades de Derecho Público” sólo podrá ser beneficiaria de ayuda en las acciones de divulgación y promoción de actividades de investigación industrial y desarrollo experimental, de ámbito nacional e internacional, actuando exclusivamente como participante en la modalidad de cooperación.
Para proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación, la naturaleza jurídica “Otras Entidades de Derecho Público” podrá participar pero no solicitar ayuda. Sólo se incluirá la descripción de las actividades que realizarán en la Memoria de solicitud de ayudas.
No obstante, para estudios de viabilidad técnica de carácter preparatorio para actividades de investigación industrial o de desarrollo experimental y en las acciones para la obtención de certificaciones por parte de las empresas PYME, la naturaleza jurídica “Otras Entidades de Derecho Público” no podrá participar, ni recibir ayuda.
Sí, las entidades del sector público comprendidas en el ámbito de aplicación del artículo 2 del texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, no podrán ser beneficiarias de ayudas en la modalidad de préstamo.
Se deberá tener en cuenta asimismo, que en los proyectos o acciones en cooperación que soliciten préstamo no podrá ser coordinadora ninguna entidad del sector público.
Para realizar la firma electrónica de declaraciones responsables y otros documentos que deban adjuntarse a los formularios previstos para las distintas fases del procedimiento, posteriores a la presentación de la solicitud, se deberá utilizar la aplicación eCoFirma que se puede descargar en la página de la Sede Electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
El documento a aportar será el generado con extensión “.xsig”. El firmante del mismo deberá ser el solicitante de la ayuda (en el caso de proyectos individuales) o los representantes de cada uno de los participantes (en caso de proyecto en cooperación). En este último caso, el coordinador deberá remitir por vía electrónica los documentos con extensión “.xsig” generados por cada uno de los participantes.
Las listas de resolución publicadas en la página Web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio recogen los proyectos según la naturaleza de la lista:
Lista de propuestas de resolución provisional: recoge las solicitudes aprobadas y denegadas. Así mismo, se recogen las listas de solicitudes inadmitidas y desistidas.
Lista de propuestas de resolución definitiva: recoge exclusivamente las solicitudes que tras la publicación de la lista provisional, y después de haber presentado alegaciones, éstas han sido aceptadas.
Lista de resolución de concesión: recoge la resolución de concesión de las solicitudes aprobadas.
Lista de resoluciones denegatorias de ayudas: recoge aquellas solicitudes a las que no se les ha concedido ayuda y las que han sido inadmitidas.
Una vez recibida la certificación final acreditativa de gasto correspondiente a la realización del proyecto.
La solicitud debe ser presentada firmada por la entidad beneficiaria y por la entidad financiera que asume la deuda, adjuntando certificado de la entidad financiera por el que ésta asume de forma fehaciente el importe de la deuda viva del préstamo (tras la certificación de gastos y, en su caso, la devolución de las cantidades a reintegrar que correspondan) aceptando expresamente todas y cada una de las características del préstamo que figuran en la Resolución de concesión. Tras ello, se dictará la correspondiente resolución de asunción de deuda a favor de la entidad financiera de que se trate, en la que se incluirá el cuadro de amortización resultante.
Como regla general en esta convocatoria 2011 se podrá conceder ayuda para las anualidades 2011 a 2013 ambas inclusive. Se exceptuaran las Acciones de Divulgación y Promoción para la obtención de Certificaciones por la PYMES del sector TIC , que podrán tener ayuda solo para las anualidades 2011 y 2012.
Cuando se trate de resoluciones estimatorias de carácter plurianual correspondientes a todos los subprogramas de la acción estratégica, se realizará un único pago por la totalidad de la ayuda tras dictarse resolución de concesión.
Sí, siempre y cuando cumplan las siguientes condiciones, establecidas en el apartado vigésimo tercero de la Orden de Bases,
Y se realicen antes de la finalización del plazo de ejecución del proyecto y sean aprobadas expresamente por el órgano instructor.
No obstante, en casos debidamente justificados, se podrán realizar sin necesidad de autorización previa, incrementos de hasta un 20 por ciento en los conceptos susceptibles de ayuda y que figuren en la resolución de concesión, compensables con disminuciones de otros, siempre que no se altere el importe total de la ayuda y se explique en la memoria justificativa que dichos cambios permiten la consecución o mejora de los objetivos previstos en el proyecto, sin necesidad de modificar la resolución de concesión.
Después de la publicación de la resolución provisional de concesión, la aplicación eCoFirma se utilizará cuando haya que presentarla documentación referente al contrato, convenio o acuerdo, en el caso de proyectos en cooperación. En este caso dicho documento deberá presentarse en formato electrónico firmado por cada uno de los participantes.
La eCoFirma también se utilizará para la firma de las declaraciones responsables que deberán adjuntarse a los formularios previstos en la Sede Electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo .
para las distintas fases del procedimiento. En el caso de proyectos en cooperación, el coordinador (firmante de la solicitud) deberá adjuntar los ficheros, uno por cada participante, con extensión “.xsig” generados por eCoFirma.
Igualmente, la aplicación eCoFirma también podrá ser utilizada por terceros para la firma electrónica de los documentos que emitan a los beneficiarios y que vayan a formar parte del expediente, tales como informes de auditoría y ofertas de proveedores.
Dicha solicitud debe realizarse al menos un mes antes de que finalice el plazo de ejecución del proyecto inicialmente concedido. Quedará a criterio del órgano instructor la concesión o no de la ampliación.
En el caso de proyectos plurianuales, la distribución anual de inversiones y gastos aprobados tendrá un carácter estimativo, salvo que en la resolución de concesión se establezca otra cosa. Por ello no será necesario pedir ampliaciones de plazo de las anualidades intermedias para realizar actividades del proyecto, que puedan ser abordadas en las sucesivas anualidades del mismo. Tan solo, en el caso de la última anualidad del proyecto podrán solicitarse ampliaciones de plazo de ejecución de la misma de acuerdo con lo señalado en el párrafo anterior.
No, ya que el procedimiento de concesión para esta convocatoria es de concurrencia competitiva.
La valoración se realizará exclusivamente sobre la información aportada en el cuestionario y la memoria del proyecto o acción. En el caso de que la memoria aportada se encuentre en blanco o sea ilegible, la valoración se realizará únicamente sobre la información aportada en el cuestionario.
Las ayudas objeto de esta orden pueden ser cofinanciadas por los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Los proyectos que se desarrollen en regiones de convergencia pueden ser cofinanciados con cargo al Programa operativo pluriregional 2007-2013: Investigación, desarrollo e Innovación por y para el beneficio de las empresas. Fondo tecnológico.
Los proyectos que se desarrollen en regiones de convergencia, phasing-out y phasing-in pueden ser cofinanciados con cargo a los Programas Operativos FEDER regionales 2007-2013.
Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como las instrucciones específicas que, en aplicación y cumplimiento de las presentes bases, comunique el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en materia de ejecución, seguimiento, pago de las ayudas, información y publicidad, justificación y control del gasto.
La resolución de concesión notificará a los beneficiarios la obligación del cumplimiento de la normativa sobre fondos comunitarios en caso de que el proyecto o acción se desarrolle en zonas FEDER.
Los beneficiarios deberán comunicar al órgano instructor, si se produce el caso, la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos para la ejecución de las actividades financiadas, tan pronto como tengan conocimiento de ello y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
En cualquier momento del procedimiento, el órgano instructor podrá requerir la acreditación del cumplimiento de los requisitos necesarios para adquirir la condición de beneficiario, establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en las presentes bases reguladoras.
Cuando el solicitante o alguno de los participantes en el proyecto o acción sean entidades sin fin de lucro, se adjuntará a la solicitud una copia digitalizada de los estatutos de cada una de las entidades que pertenezcan a esa tipología. Para facilitar la comprobación de la naturaleza pública o privada de los beneficiarios del proyecto o acción, los solicitantes cumplimentarán en el cuestionario de solicitud los datos de composición porcentual del capital social o del patrimonio fundacional y los de nombre o razón social y naturaleza de los socios o patronos de la entidad.
Las entidades deberán pedir modificaciones cuando:
Las modificaciones se deben solicitar al menos un mes antes de que finalice el plazo de ejecución del proyecto.
No es necesario solicitar cambios en la Resolución de Concesión, siempre que los nuevos conceptos imputados tengan una funcionalidad equivalente o que la subcontratación sea equivalente en el contenido y en la cualificación de la entidad subcontratista inicialmente aprobada. No obstante, estos cambios deben estar explicados claramente en la Memoria Técnico – Económica Justificativa.
Sí, la memoria del proyecto presentada en la solicitud, no podrá tener un tamaño superior a 40 páginas, salvo en el caso de los proyectos tractores en los que el límite será de 50 páginas. Con el fin de facilitar al solicitante la presentación, en el apartado decimotercero del anexo III de la Orden de Bases se presenta un índice orientativo sobre el contenido de la Memoria del proyecto o acción.
Las páginas de la memoria, numeradas, se configurarán en formato A4 (210 mm x 297 mm), con interlineado sencillo y la letra deberá tener un tamaño mínimo de 11 puntos, si bien pueden utilizarse tamaños inferiores (8 puntos mínimo) para gráficos e ilustraciones en color siempre que resulten legibles.
En caso de presentar memorias de un tamaño superior, sólo se tendrán en cuenta para la evaluación las páginas comprendidas dentro de los límites anteriores.
Gracias por sus comentarios.