Preguntas frecuentes

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¿Qué condiciones debe cumplir una asociación o fundación para solicitar estas ayudas?

Tiene que estar legalmente constituida en el momento de la solicitud, carecer de ánimo de lucro y así constar expresamente en sus estatutos o normas de funcionamiento. Se necesita además que por su actividad no pueda ser considerada empresa.

También tiene que cumplir los siguientes requisitos:

  • El solicitante o al menos uno de los participantes deberá acreditar, mediante la constatación expresa en sus estatutos o normas de funcionamiento, que los fines de su entidad están en consonancia con los objetivos o el ámbito de actuación de este subprograma.
  • Disponer de página web
¿Cuándo debe presentarse la justificación del proyecto?

El periodo de justificación es el plazo de que dispone el beneficiario para presentar la cuenta justificativa. Existe un periodo de justificación para cada anualidad de ejecución del proyecto.

De manera general, la presentación de la documentación justificativa se realizará desde el 1 de enero al 31 de marzo del año inmediato posterior al de la realización de la actividad.

¿Cuándo una entidad se considera empresa?

Según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la CE, se considera empresa toda entidad, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerza una actividad económica, esto es, consistente en la oferta de bienes y servicios en un determinado mercado.

Cuando una entidad desempeñe actividades tanto de carácter económico como no económico, se considerará que la actividad a subvencionar no tiene carácter económico cuando quepa distinguir con claridad entre ambos tipos de actividades y entre sus respectivos costes y financiación. La prueba de que los costes se han imputado correctamente puede consistir en el análisis de los estados financieros anuales de la entidad

¿Cómo se pueden asociar documentos a costes cuando ya se ha realizado el envío?
En el listado de Enviados, debe elegir el coste al cual se desea asociar el documento y pulsar el botón ‘Anular y Duplicar. A continuación, dentro del detalle de ese coste, le aparecerá un listado con todos los documentos que puede asociar. Después deberá realizar el envío.
¿Pueden presentarse a esta convocatoria ayuntamientos y diputaciones o sus organismos autónomos?
No, el apartado tercero del Anexo I de la OBITC/362/2011 no incluye entre los beneficiarios a las entidades locales.
¿Pueden las Universidades Públicas y los Organismos Públicos de investigación (OPIS) presentarse a esta convocatoria?

Si, estas entidades podrán ser beneficiarias de estas ayudas, cumpliendo los requisitos generales para ser beneficiario.

A diferencia de años anteriores, estos organismos tendrán la misma consideración que cualquier otra entidad sin ánimo de lucro.

¿Qué modalidades de proyectos pueden presentarse?

Los proyectos y acciones podrán realizarse conforme a una de las siguientes modalidades:

  • Proyecto o acción individual: proyecto o acción realizados por una sola entidad de las que se mencionan como posibles beneficiarias en este Subprograma, en el apartado tercero del Anexo I de la OBITC/362/2011.
  • Proyecto o acción en cooperación: proyectos en cuyo desarrollo participen más de uno, y no más de 5, de los indicados como beneficiarios en este Subprograma, que pueden pertenecer o no al mismo tipo de sujetos y cuyas relaciones estén formalizadas documentalmente mediante un contrato, convenio o acuerdo en el que se establezcan los derechos y obligaciones de los distintos sujetos participantes.

En los proyectos o acciones en cooperación que se presenten, las entidades participantes deberán formar una agrupación sin personalidad jurídica, rigiéndose por el contrato, convenio o acuerdo que la regule, al amparo del artículo 11.3, párrafo segundo, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El representante de la agrupación será el solicitante de la ayuda y el responsable de la realización del proyecto o acción ante la Administración. A tal fin, canalizará la relación con los participantes y, llegado el caso, aportará la documentación justificativa de la realización del proyecto o acción. El pago de la ayuda concedida se realizará al representante, quien se responsabilizará de la transferencia a cada participante de los fondos que le correspondan. Todo ello, sin perjuicio de los derechos y obligaciones que, derivados de la condición de beneficiarios, tienen el representante y los participantes, en particular, la de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

¿Pueden las empresas ser solicitantes o participantes en los proyectos en cooperación?
No, las empresas no pueden ser ni solicitantes ni partcipantes en proyectos en cooperación, ya que no cumplen los requisitos para ser beneficiarias. Sin embargo, los beneficiarios pueden subcontratar con empresas la realización de parte del proyecto o actuación. La subcontratación podrá llegar al 85% del coste financiable del proyecto.
¿Cómo puedo clasificar mi proyecto en el cuestionario?

Hay dos líneas de actuación:

  1. Tic por la igualdad de género en el empleo.
  2. Internet social:
    1. Dirigido a personas mayores de 55 años.
    2. Dirigido a personas con discapacidad y  dependientes.
¿Qué tipos de proyectos se pueden presentar a esta convocatoria?

En la línea de TIC por la igualdad, hay un tipo de proyecto:

Experiencias piloto o demostradoras sobre igualdad de género en la sociedad de la información , dirigidas a fomentar y mejorar el empleo, el autoempleo y el espíritu empresarial de las mujeres, utilizando servicios digitales disponibles en la red y capaces de réplica en el ámbito nacional sin recurrir a ayudas públicas.

En la línea de Internet social, los proyectos pueden ser de dos tipos:

  • Experiencias piloto o demostradoras basadas en la utilización de servicios digitales y dirigidas a la creación de empleo, a promover el autoempleo, el teletrabajo, la competitividad empresarial y/o el espíritu empresarial.
  • Proyectos de difusión y dinamización, que incluyan un piloto de dinamización de los servicios digitales más representativos. Además,  podrán incluir un análisis previo sobre la utilización de los servicios telemáticos públicos y de interés general, en sus asociaciones y sus asociados.
¿Qué actuaciones quedan excluidas de ser objeto de ayuda?
  • Las acciones que ya estén contempladas en otros planes específicos puestos en marcha por el MITYC .
  • Las acciones en las que se contemple la creación de plataformas de teleformación.
  • Las acciones que sean continuación de otras aprobadas previamente por el MITYC en el marco del Plan Avanza.
¿Qué requisitos deben cumplir los proyectos en general?
  • Tener un presupuesto mínimo de proyecto de 100.000 euros y máximo de 300.000 euros.
  • Todos los contenidos, actividades y demás resultados del proyecto se desarrollarán al menos en castellano,  pudiéndose desarrollar además en cualquier otra lengua oficial del Estado.
  • La página web del proyecto deberá incorporar los niveles de accesibilidad que cumplan los criterios y condiciones básicas establecidas en el Real Decreto 1494/2007.
  • Las campañas de difusión deberán tener un ámbito territorial de ejecución que abarque más de una Comunidad Autónoma.
  • Incluir indicadores de seguimiento y de resultados de las actuaciones del proyecto, exponiendo de forma adecuada el motivo de su elección. Estos indicadores deberán estar incluidos tanto en la memoria inicial como en el momento de la justificación.
¿Qué requisitos deben cumplir en concreto los proyectos relacionados con la igualdad de género?
Los proyectos relacionados con la igualdad de género deberán estar dirigidos exclusivamente al empleo.
¿Puede una federación imputar costes de sus asociaciones federadas o ha de presentarse un proyecto en cooperación?
Conforme al Artículo 11.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando el beneficiario sea una persona jurídica, los miembros asociados del beneficiario que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la ayuda en nombre y por cuenta del primero tendrán igualmente la condición de beneficiarios, si a su vez cumplen los requisitos para serlo establecidos en el apartado noveno de la OB ITC/362/2011. Cuando en la realización de esta tipología de proyectos individuales participen miembros asociados, en el plazo de aceptación de la ayuda se deberá aportar un acuerdo o convenio de colaboración entre dichas entidades y el beneficiario, en el que se especifiquen las actividades a desarrollar por cada uno de ellos.
¿Cuáles son los criterios de facilidad de uso y accesibilidad?

Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social (BOE núm. 279, de 21/11/2007).

Directrices de accesibilidad al contenido Web 1.0 de la iniciativa de accesibilidad Web (WAI) del W3C

Normas Técnicas de AENOR:

  • Norma UNE 139801: “Aplicaciones informáticas para personas con discapacidad. “Requisitos de accesibilidad al ordenador. Hardware”.
  • Norma UNE 139802: “Aplicaciones informáticas para personas con discapacidad. “Requisitos de accesibilidad al ordenador. Software”.
  • Norma UNE 139803: “Aplicaciones informáticas para personas con discapacidad. “Requisitos de accesibilidad para contenidos web”.
  • Norma UNE 139804: “Aplicaciones informáticas para personas con discapacidad. “Requisitos para el uso de la lengua de signos española en redes”.
  • Norma UNE 153010:“Subtitulado para personas sordas y personas con discapacidad autiditiva. Subtitulado a través del teletexto”. 
  • Norma UNE 153020:2005: “Audiodescripción para personas con discapacidad visual. Requisitos para la audiodescripción y elaboración de audioguías”.
¿En qué caso tengo que utilizar la aplicación eCoFirma para firmar documentos electrónicamente?

La aplicación eCoFirma se utilizará necesariamente cuando el solicitante tenga que presentar documentos anexos a la solicitud o en cualquier fase del procedimiento, que deban ir firmados por él mismo o por los representantes de las entidades participantes en el proyecto.

Así pues, deberá utilizarse la aplicación eCoFirma para firmar documentos tales como:

  • Contratos, convenios o acuerdos de colaboración entre las entidades participantes en proyectos en cooperación.
  • Acuerdos de colaboración entre asociaciones federadas, que imputen costes al proyecto.
  • Declaraciones responsables y otros documentos que deban firmar los beneficiarios.

También podrá ser utilizada voluntariamente la aplicación eCoFirma por terceros que envíen documentos firmados al solicitante para que éste los incluya como anexos en cualquier fase del procedimiento. Por ejemplo:

  • Informes de auditoría de proyecto.
  • Ofertas de prestación de servicios, etc.

La aplicación eCoFirma puede descargarse en el portal SEDE Electrónica del Ministerio