Preguntas frecuentes: Solicitud

Preguntas frecuentes de: Solicitud

[01] ¿Quiénes pueden presentar solicitudes a la convocatoria de ayudas del Plan de Competitividad del Sector Automoción?

Podrán ser beneficiarios y solicitantes de las ayudas los relacionados a continuación:

a) Empresas del sector de automoción

Entidad privada, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerza una actividad económica y que esté válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud de ayuda, y que cumpla al menos una de las siguientes condiciones:

1. Empresas cuya actividad principal esté comprendida en los códigos CNAE 93 (Rev. 1) 34 o 3161. Se entenderá por actividad principal de la empresa aquélla que proporcione el mayor valor de producción, o la que emplee un mayor número de personas.

2. Empresas industriales cuya actividad principal no está comprendida en los códigos CNAE 34 o 3161, que puedan acreditar que al menos el 40 por ciento de su facturación procede de empresas que sí cumplen el requisito anterior. Por empresas industriales, se entenderá aquellas cuyo código de actividad principal (tal como se define en el punto anterior) corresponda a la sección D (industria manufacturera) de la CNAE 93 (Rev. 1).

3. Centros tecnológicos de automoción que tengan personalidad jurídica propia dependientes de empresas referidas a los párrafos 1 y 2 anteriores.

4. Empresas que no cumplen ninguno de los requisitos establecidos en los párrafos 1 y 2 anteriores, que actúen exclusivamente como participantes en planes de competitividad conjuntos con empresas que sí cumplen alguno de los citados requisitos.

b) Agrupaciones de interés económico (AIE),

Formadas por empresas del sector de automoción que cumplan los requisitos establecidos en el punto anterior.

[02] ¿Cuál es el plazo para presentar las solicitudes?

Del 22 de enero al 13 de febrero de 2009, ambos inclusive

[03] ¿Puede solicitar las ayudas del Plan un concesionario de automóviles autorizado? 
 
No, solo podrán actuar como participantes en planes de competitividad conjuntos con empresas que cumplan los requisitos de los subapartados a)1 y a)2 del punto 1 del apartado quinto de la orden por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria de estas ayudas.
[04] ¿Son compatibles las ayudas del Plan de Competitividad del Sector Automoción con la concesión de otras ayudas?

De acuerdo con el Capítulo II, Apartado decimoséptimo, Punto 8, de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria de estas ayudas, la percepción de las ayudas reguladas en esta orden será compatible con la percepción de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Esta compatibilidad estará condicionada a que el importe de las ayudas concedidas en ningún caso pueda ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras, supere la intensidad de la ayuda aplicable de acuerdo con lo establecido en el apartado decimosegundo de la referida orden.

El solicitante deberá declarar las ayudas que haya obtenido o solicitado para las actividades o proyectos subvencionables regulados por esta orden, tanto al presentar las propuestas como en cualquier momento ulterior en que se produzca esta circunstancia.

[05] ¿Existe algún límite mínimo o máximo para el presupuesto de los planes de competitividad objeto de ayuda?
Los planes de competitividad, para que sean financiables, deberán tener un presupuesto mínimo total para 2009 de 500.000 euros cuando el solicitante sea una PYME o una Agrupación de Interés Económico, y de 2 millones de euros cuando el solicitante sea una gran empresa, según las definiciones contenidas en el apartado quinto de la orden por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria de estas ayudas.
[06] ¿En qué lugares del MITYC se pueden presentar las solicitudes de ayuda?
Las solicitudes para estas ayudas, el cuestionario y las memorias se presentarán mediante firma electrónica avanzada en la dirección de Internet del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (www.mityc.es/portalayudas)
[07] ¿Qué documentación debe presentarse?
1) Formulario de solicitud de ayuda

2) Cuestionario

3) Memoria en la que se detallará el plan de competitividad previsto por la empresa, así como una descripción de los principales objetivos en materia de mejora de la competitividad de la empresa. Constará también una referencia al proceso de información realizado por la empresa a los órganos de representación sindical sobre el plan presentado.

4) En caso de tratarse de una gran empresa, deberá incluirse una memoria adicional, que demuestre el efecto incentivador de la ayuda solicitada de acuerdo a lo señalado en el apartado decimoséptimo punto 3 de la Orden.
 
Los ficheros electrónicos que se adjunten a la solicitud deberán estar en formato PDF (Portable Document Format) y el tamaño máximo admitido para cada uno de ellos será de 3 megabytes.
 
Los mencionados elementos se cumplimentarán y enviarán necesariamente con los medios electrónicos de ayuda disponibles en la dirección de Internet (www.mityc.es/portalayudas).
[08] En el caso de planes de competitividad conjuntos, ¿cómo se debe presentar la solicitud?
Del mismo modo a como se hace con planes de competitividad individuales, con la salvedad de introducir los datos correspondientes a cada uno de los participantes en el lugar indicado en el cuestionario para tal fin.
[09] ¿Hay que adjuntar los poderes del firmante de la solicitud?

 
Sí, el solicitante acompañará la acreditación válida del poder del firmante de ésta, que deberá ser aportada por cualquier medio que permita tener constancia de su autenticidad, de acuerdo con lo previsto en el capítulo III del Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y devolución de originales y el régimen de las oficinas de registro.
 
En aplicación del artículo 35 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, y a fin de facilitar la presentación de la acreditación válida del poder del firmante de la solicitud, así como cualquier otra documentación complementaria, los interesados podrán aportar copia digitalizada de las mismas, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de la firma electrónica avanzada.
 
Los solicitantes no estarán obligados a presentar aquellos documentos que ya obren en poder del órgano concedente, indicando en el cuestionario de solicitud el número de expediente; siempre y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento correspondiente, y no se haya producido un cambio de representante legal de la empresa, a efectos de notificación.
[10] ¿Quién debe firmar la solicitud electrónicamente?
 
Debe firmar la persona que tenga el poder notarial de representación, y que deberá disponer de firma electrónica avanzada.
[11] La presentación de la solicitud ¿requiere firma electrónica?

 
Sí, los solicitantes efectuarán la presentación de la solicitud únicamente en el registro electrónico del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, mediante firma electrónica avanzada.
 
El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, que tendrá por tanto el poder notarial de representación.
[01] ¿Se pueden recibir ayudas para actuaciones de un plan de competitividad iniciadas con anterioridad a la presentación de la solicitud?
No, las ayudas reguladas en la presente orden solo serán  aplicables si tienen efecto incentivador sobre la actividad de la empresa objeto de la ayuda, para lo cual será necesario que antes de comenzar a trabajar en el proyecto o actividad, el beneficiario haya presentado la solicitud de ayuda.
[02] ¿Qué tipo de actuaciones son objeto de estas ayudas?
Dentro de las condiciones establecidas en el apartado sexto de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria de estas ayudas, podrán recibir ayuda los planes de competitividad que comprendan actividades relacionadas con una o varias de las siguientes líneas de actuación:

1. Generación de productos o servicios o mejora de los ya existentes, que incrementen su valor añadido, mejoren su sostenibilidad y/o su seguridad.

2. Reingeniería de procesos productivos.

3. Implantación de sistemas avanzados de producción que impliquen incorporación de tecnologías de la información y comunicación.

4. Estudios destinados a determinar la viabilidad técnica de actuaciones englobadas en los párrafos 1 a 3 anteriores.

5. Formación dirigida a mejorar la capacitación del personal de la empresa.

6. Inversiones destinadas al incremento de la sostenibilidad de procesos productivos.

7. Inversiones destinadas a la producción de productos más respetuosos con el medio ambiente, incluidos productos que hagan un uso eficiente de la energía.
 
8. Estudios medioambientales para la mejora de las sostenibilidad de productos o procesos productivos.